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Polémica

Primer tirón de orejas del Síndic de Greuges a la gestión de Podemos en Vivienda

La sindicatura aprieta a la conselleria para que cumpla con la ley de función social - "No es de recibo que mantenga a un ciudadano sin pagar 8 años", clama Luna

Ángel Luna y Rubén Martínez Dalmau.

Siete meses después de tocar poder en el Gobierno de la Generalitat, Unides Podem comienza a recibir las primeras reprimendas públicas por su gestión en vivienda, el área social clave con la que los morados quieren dejar huella. Las ganas de dar una vuelta de tuerca a la acción de Gobierno y atender las necesidades habitacionales de los más desfavorecidos chocan, sin embargo, con la realidad de un parque público exiguo y unos recursos limitados.

Ahora bien, esta limitaciones no justifican para la Sindicatura de Greuges que la Generalitat desatienda a la ciudadanía y la deje pendiente de respuesta. De ahí que la institución que preside Ángel Luna haya dictado de forma reciente una serie de resoluciones que suponen un primer toque de atención al área del vicepresidente segundo y titular de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Rubén Martínez Dalmau.

Las quejas que investiga el defensor del pueblo valenciano tienen su origen en la legislatura anterior y tienen que ver con peticiones de la ciudadanía para acceder a una vivienda o cobrar ayudas para el alquiler, pero una parte de los reproches tienen que ver ya con los actuales gestores de Vivienda por actuaciones que literalmente la institución considera que no son «de recibo».

En estos términos se expresa el síndic por cómo este departamento ha gestionado una queja de un ciudadano que lleva ocho años esperando cobrar una ayuda para el alquiler que además le había sido reconocida. Ante el retraso, el síndic solicitó en junio un informe y la respuesta de la conselleria fue que el demandante no tenía derecho a percibir la ayuda.

En fase de alegaciones, el autor de la queja se revuelve contra la conselleria a la que acusa de contradecirse y de pone en cuestión la labor de la sindicatura y actuar con total «inmunidad». El demandante expresa su hartazgo tras años de peregrinaje.

El síndic se pone en la piel de este ciudadano y reprocha a la conselleria que después de aceptar su recomendación para que pagara con urgencia «de forma absolutamente contradictoria ahora nos comunica que el procedimiento está finalizado sin derecho a percibir la ayuda solicitada, sin más, sin ninguna motivación o explicación».

«Esta institución -dice el síndic- considera, dicho sea con todos los respetos, que esta actuación de la conselleria no es de recibo». «No se puede mantener a un ciudadano durante más de ocho años sin pagarle la ayuda que expresamente se le reconoció. Tampoco se puede admitir que la conselleria acepte una recomendación de esta institución y luego la incumpliría sin dar ninguna explicación», añade. Y recuerda que la ayuda que le fue reconocida en 2011 es un acto declarativo de derechos que no se puede dejar sin efecto sin seguir los procedimientos de revisión de oficio de actos nulos o anulables. Así, y tras recordar el derecho reconocido en el Estatuto de Autonomía a una vivienda digna, el síndic insta a la conselleria a que abone la ayuda al ciudadano.

La Sindicatura de Greuges se apoya en la ley 2/2017 de la Generalitat por la función social de la vivienda para dar amparo a las quejas de la ciudadanía. La ley, que en sus aspectos más innovadores quedó vacía de contenido tras recurrida ante el Tribunal Constitucional, es un arma de doble filo para el Botànic. De un lado, esta norma genera una obligación jurídica de la Administración de poner a disposición de los solicitantes una vivienda asequible, digna y adecuada mediante un completo sistema de ayudas al alquiler.

Sin embargo, la falta de recursos y la propia mutilación de la ley ha evidenciado que el instrumento no es suficiente para cubrir las necesidades de alojamiento. De ahí que en cierto modo las obligaciones que emanan de esta ley se vuelven en contra de quienes han de aplicarla. De hecho desde la conselleria se apunta que hacer plenamente efectiva la ley no se resuelve en seis meses y de ahí el Pla Hàbitat y la necesidad de disponer de 2.200 millones para asegurar el derecho a la vivienda.

Atención al ciudadano

El problema se agrava si, además de no poder cumplir con la ley botánica, la atención al ciudadano se quiebra. En otra queja, Luna afea a la conselleria la falta de respuesta a la institución a dos requerimientos de información a cuenta de una ciudadana que pidió alojamiento sin obtener respuesta. El síndic se queja de que los incumplimientos del plazo (en este caso responsabilidad de los anteriores gestores), pero también por la respuesta dada ya con Podemos al frente.

La sindicatura echa en falta que la Administración adopte las medidas para poner en funcionamiento las ayudas de alquiler. Además, en este caso, al haberse sobrepasado el plazo de seis meses de respuesta, considera que debe entenderse otorgado el uso del alojamiento por silencio administrativo. En una tercera resolución reciente, el síndic aprieta a Vivienda para que le remita un informe con expresión de medidas concretas para facilitar las ayudas al alquiler a quienes no se les puede adjudicar una vivienda.

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