La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) que anulaba una parte sustancial del decreto que regula los usos de las lenguas oficiales (castellano y valenciano) en la administración valenciana.

La resolución del Tribunal Supremo con fecha de 2 de junio falla no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la abogacía de la Generalitat y por Intersindical Valenciana contra la sentencia 319/2018, de 17 de julio, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La sentencia recurrida declaraba en julio del año pasado la nulidad de parte del Decreto 61/2017 de la Generalitat Valenciana que regula el uso del castellano y del valenciano en la administración pública autonómica.

Así, estimaba en parte el recurso interpuesto por dos diputados del Grupo Popular y anulaba 11 artículos y una disposición final que daban un uso destacado al valenciano sobre el castellano en aspectos como las notificaciones en los trámites administrativos, la rotulación de edificios y dependencias públicas.