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La dependencia que obliga a ir a juicio

La diferencia entre el grado de dependencia solicitado y el que concede la Administración obliga a las familias a a acudir a los tribunales - Expertos aseguran que la discapacidad intelectual «se debe valorar en salud mental y no por trabajadores sociales»

La dependencia que obliga a ir a juicio

Cuando finaliza la vía administartiva, solo queda acudir a los tribunales. Y en resoluciones sobre la Ley de la Dependencia, la Justicia suma expedientes y casos cuando todo depende del «grado» asignado. En función del mismo, la persona dependiente tendrá uno u otros recursos y recibirá cuantías diferentes. Quien tiene recursos económicos no lo duda y busca un abogado (especializado a poder ser) para que sea un juez quien resuelva qué grado le corresponde a la persona dependiente. Quien no los tiene, se ve «en el desamparo».

Así se encuentra -«desamparada, dolida y agotada»- Ana Vilariño, la madre de Alex, un crío de 4 años con Trastorno del Espectro Autista (TEA). No ha parado de pelear con la Adminsitración. Primero porque a su hijo le diagnosticaron un grado 2 de TEA «cuando sus limitaciones son para grado 3 según todos los especialistas que he consultado»; luego porque el pequeño no contaba en el colegio «con los apoyos necesarios» y la mujer hasta tenía que acudir al centro para «cambiarle el pañal»; después porque le denegaron la beca MEC del Ministerio (que otorga unas cuantías para terapias privadas para suplir las carencias del sistema público); más tarde porque llevaba retrasos en la valoración de la dependencia y finalmente porque, una vez valorado el crío, la Administración ha determinado un grado 2 de dependencia que ella ha recurrido y, de nuevo, le han denegado.

«Todo son piedras en el camino. Estamos agotados y nos sentimos solos y abandonados por la Administración. Todo son problemas, no encuentras ayuda y encima tienes que escuchar cada cosa... Estamos muy decepcionados, agotados y enfadados porque no tenemos ayuda y ya no sabemos qué hacer», asegura. Sólo le queda acudir a los tribunales porque «mi hijo es totalmente dependiente y en función del grado las ayudas cambian», lamenta.

Sin embargo, en la última resolución que tiene Ana, la Adminsitración solo le ofrece ir a la justicia. «Contra le presente resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso contenioso-administrativo en el plazo de dos meses», concluye la resolución. Y es que acabada la vía administrativa, vuelta a empezar, pero por la judicial. «Agotador», recalca.

La autonomía, la clave

Para la abogada de Acción para la Justicia Social y especializada en dependencia, Sandra Casas, el problema reside en que son los trabajadores sociales quienes realicen las valoraciones porque para ellos es, además, un problema. «Es un error que las valoraciones las hagan los trabajadores sociales porque cuando se trata de una discapacidad intelectual se debería realizan desde salud mental», afirma Casas.

Y pone ejemplos: «los trabajadores sociales, para valorar a una persona con TEA, emplean unas tablas sobre actividades de la vida diaria que no son herramienta suficiente. Es decir, se valora si saben abrir un grifo y si saben hacerlo se puntúa de una forma, pero no se tiene en cuenta la congruencia de la tarea, es decir, que esa persona abra el grifo de forma autónoma para lavarse las manos. ¿Sabe abrir el grifo? Sí, pero no lo hará si nadie se lo dice. Los trabajadores sociales no son expertos y la Conselleria de Sanidad no cumple con su parte en lo que al sistema de dependencia se refiere. Y a pesar de los esfuerzos de Mónica Oltra por darle un empujón a la dependencia su conselleria sigue siendo la 'hermana pobre' frente a Sanidad y eso lo complica todo y no se valora como toca y al final, a los tribunales».

De hecho, Casas acaba de ganar un juicio en el que representaba a una mujer a la que la Conselleria de Igualdad le había reconocido un grado 1 de dependencia en 2018.

La sentencia obliga ahora a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas a reconocerle «un grado de dependencia 3 y las consecuencias que acarrea el mismo, incluida la revisión del PIA para adaptarlo a dicho grado y con efectos de 14 de abril de 2018». Además, el juez condena a la Administración a pagar 1.000 euros por las costas del proceso.

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