La Audiencia de València decidirá la próxima semana la prórroga de la prisión provisional para María Jesús Moreno y Salvador Rodrigo, Maje y Salva, condenados en noviembre pasado a 22 y 17 años de cárcel por el asesinato del marido de ella, Antonio Navarro Cerdán, cometido el 16 de agosto de 2017 en el garaje que tenía en propiedad la pareja, en el número 14 de la calle Calamocha de València.

Ambos están presos desde su detención y puesta a disposición judicial el 12 de enero de 2018. En enero del año pasado, la Audiencia se vio obligada a prorrogar en dos años la situación de prisión provisional para ambos, ya que la ley de enjuiciamiento criminal (Lecrim) prevé un máximo de dos años en esa situación en los casos de delitos graves. De no haberlo hecho, habría sido obligatorio poner a ambos en libertad hasta el juicio, pero esa prórroga permitió alargar por espacio de dos años más —la ley fija un máximo de cuatro—, que no han sido necesarios, ya que el juicio con jurado contra ambos pudo celebrarse el pasado octubre, incluso a pesar del consiguiente retraso por la pandemia.

En este momento, y aunque ambos han sido condenados, continúan en la misma situación, en prisión provisional, que no cesará hasta que la sentencia sea firme. Tal como adelantó Levante-EMV, tanto la defensa de Maje como la de Salva han recurrido antes el TSJ, así que, mientras no se pronuncie el alto tribunal valenciano —y el Supremo, después, ya que es casi seguro que recurrirán si el TSJ no les da la razón y confirma el fallo del Tribunal de Jurado presidido por el magistrado José María Gómez Villora—, seguirán en situación provisional porque la condena seguirá sin ser firme. Eso sí, cada día en prisión les está contando como parte del cumplimiento de la condena, como es lógico.

Hasta la mitad de la condena

Aunque la prórroga aprobada hace un año cubriría hasta los cuatro años, en realidad la vistilla convocada para este lunes, que reunirá de nuevo a todas las partes —menos a los presos, que asistirán desde la cárcel por videoconferencia—, ya no tiene como fin asegurar la presencia de los acusados en el juicio o evitar la destrucción de pruebas, que es el sentido de la prisión provisional en su primera fase.

Ahora se trata de revalorar la situación, pero teniendo en cuenta que ya no están en prisión por meros indicios descubiertos durante la fase de instrucción, sino por las pruebas que un tribunal de jurado compuesto por cinco mujeres y cuatro hombres elegidos al azar entre la ciudadanía valenciana estimó suficientes para considerar a los antiguos amantes culpables por unanimidad del asesinato del marido de ella.

Así que, aunque la Audiencia podría valorar, en caso de que alguna parte lo plantease, que existe la posibilidad de que esperasen la resolución del TSJ —y l a del Supremo, que sería la que agotase la vía penal— en libertad, es prácticamente imposible que eso ocurra, dada la gravedad del delito, la cuantía de las condenas y la pulcritud del veredicto y de la posterior sentencia condenatoria.

De hecho, lo que hará la Audiencia, tal como contempla la Lecrim en su artículo 504.2, es prorrogar la prisión provisional hasta la mitad de la condena fijada para cada uno, esto es, hasta 11 años en el caso de Maje y hasta ocho y medio, en el de Salva. Esa situación cesará en cuanto el fallo sea firme.