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El Consell Jurídic obliga al Botànic a rehacer la ley de economía circular

El dictamen tumba la regulación sobre la recuperación de envases reutilizables y la supedita a la normativa estatal - Una decena de observaciones esenciales ponen en jaque la proposición de los grupos

Un contenedor de materia orgánica en una calle de la ciudad de València. | LEVANTE-EMV

Comenzó con importantes obstáculos y ahora se ha topado con uno difícilmente sorteable. La proposición de ley de economía circular tendrá que volver a la casilla de salida y prácticamente rehacerse de arriba abajo para cumplir con el informe del Consell Jurídic Consultiu.

El dictamen que ha sido ya enviado a las Corts Valencianes supone un duro revés para los grupos de la izquierda PSPV, Compromís y Unides Podem promotores de un proyecto que persigue, entre otras cuestiones, la implantación de un sistema de depósito, devolución y retorno de envases.

La norma, que ya desde el principio planteaba serias dudas jurídicas, sufrió varios frenazos y desencuentros entre los grupos parlamentarios y el propio Ejecutivo. Y los temores se han confirmado mediante un duro dictamen repleto de observaciones esenciales (una decena) que aboca al tripartito a rehacer la norma de arriba abajo.

Las pegas son de todo tipo y afectan a la columna vertebral de una norma que trata de fomentar al máximo la reutilización, especialmente del vidrio.

De hecho, su apartado clave, el de la responsabilidad ampliada del productor era la más delicada ya que los gobiernos autonómicos no pueden establecer un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) obligatorio.

Y así lo recuerda el Jurídic que arranca ya su informe indicando que el Tribunal Supremo excluye la posibilidad de que las comunidades autónomas dicten normas sobre responsabilidad ampliada del productor contrarias o superiores a las estatales.

De ahí que advierta de que la norma revisada impone nuevas obligaciones, entre las que se encontraría el sistema de depósito, devolución y retorno.

Su recomendación general es que se elimine de la iniciativa todas aquellas cuestiones que estén afectadas por la nueva legislación estatal en tramitación. Y, en concreto, obliga a la supresión de «todas las medidas» de esa responsabilidad ampliada del productor incluido todo el apartado relativo a las obligaciones generales porque «escapa a las competencias del legislador autonómico».

Supresión obligatoria que extiende también a todas las infracciones relacionadas con la normativa sobre SDDR. Observaciones todas ellas esenciales, apunta. Igualmente, el dictamen echa por tierra los preceptos relativos a la obligación de ofrecer bebidas en envases reutilizables en la venta en línea.

La primera observación esencial con carácter general del Jurídic tiene que ver con la invasión competencial, en concreto, la autonomía local, tanto de los ayuntamientos como de las diputaciones ya que se les asignan funciones sin dotación de recursos.

Conceptos ambiguos e innecesarios

Por otro lado, el Jurídic se muestra especialmente duro con la redacción de esta ley que califica de compleja al tiempo que echa en cara a sus promotores el uso de conceptos «ambiguos, innecesarios o indefinidos» por lo que insta a su clarificación o supresión en todo el texto. Considera que las normas jurídicas «exigen calidad técnica y rigor». Una exigencia que convierte en observación esencial.

Otra de las novedades de la ley, la prohibición de fabricación de cualquier producto con objetivos de obsolescencia programada, tampoco pasa el filtro. La Generalitat no tiene competencias, sostiene el CJC en otra observación esencial. También rechaza la obligación a los establecimientos de ofrecer un número determinado de bebidas en envase reutilizable ya que entiende que puede tener una importante repercusión en la actividad económica, por lo que exige la previa regulación de la legislación estatal.

Otro torpedo a la l línea de flotación de esta ley son las observaciones esenciales en los artículos sobre implantación de sistemas de recogida de materia orgánica o no orgánica según tamaño de municipio.

En su repaso al texto normativo, insta al Consell a posponer la regulación en materia de plásticos de un sólo uso. «Debería demorarse hasta la aprobación de la citada ley estatal», añade el Jurídic, señalando que se trata de observaciones esenciales. Además, pone observaciones esenciales en siete disposiciones finales.

LAS CLAVES


SDDR

Revés al modelo de devolución y depósito de residuos

El objetivo de la nueva normativa es tratar de fomentar al máximo la reutilización, pero los gobiernos autonómicos no pueden establecer SDDR obligatorios porque esta competencia está atribuida al Estado


Obsolescencia

La Generalitat no puede prohibir estos productos

La limitación de fabricar electrodomésticos con obsolescencia programada no entra dentro de las competencias de la Generalitat. Y queda en el aire la regulación en materia de plásticos de un solo uso.


Responsabilidad

Exigencias al productor

El dictamen se carga todas las obligaciones que se imponen al productor sobre el SDDR y, en concreto, obliga a suprimir todo el apartado relativo a las infracciones.

Un aviso a las propuestas legislativas de las Corts y un capote a la patronal

El dictamen del Jurídic es un aviso a navegantes ante las veleidades legislativas de los grupos parlamentarios, sobre todo, en aquellas materias propias de la acción del Consell. El impulso desde las Corts de esta norma tan compleja y con tanta afectación ya no gustó a la Conselleria de Transición Ecológica.

La presentación a finales de diciembre de 2020 sufrió un frenazo. La propia vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, advirtió de que había materias que era mejor legislar desde el Consell ya que proporcionaba mayor seguridad jurídica. Este texto llegó al Jurídic por voluntad de los grupos ya que, a diferencia de los proyectos de ley, su paso por el órgano consultivo no es obligatorio.

Pero, además de cuestiones legales, el impulso desde las Corts ha privado a esta norma de toda una serie de informes que el Jurídic echa de menos dado el impacto en el mercado y en una pluralidad de agentes económicos implicados. «Hubiera sido recomendable acompañar el texto de una suerte de memorias e informes que efectuasen un análisis sobre los objetivos de la ley y sobre los efectos previstos sobre los destinatarios», apunta el CJC.

Este procedimiento merma la participación de los agentes implicados. La patronal presentó alegaciones a través del Jurídic. Muchas de ellas han sido tenidas en cuenta, lo que supone un capote para el empresariado, afectado por la futura regulación.

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