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Diputación y Egevasa recurrirán para defender los convenios de 31 depuradoras

Un equipo técnico jurídico analizará los pormenores de la sentencia que anula las concesiones en un fallo que no es firme

Imagen de una depuradora de aguas residuales en funcionamiento en la provincia de València. | V.M.P.

La Diputación de Valencia y la empresa mixta Egevasa crearán un equipo técnico jurídico para unificar criterios de cara al recurso que presentarán contra la sentencia que ha anulado la concesión de 31 depuradoras. La diputación, que tiene el 51 % de la empresa gestora de dichas instalaciones, tiene intención de defender la legalidad de los convenios vigentes pese al revés sufrido en los tribunales.

Como ha informado Levante-EMV este lunes, un juzgado de lo contencioso-administrativo de València ha anulado una treintena de convenios celebrados entre la diputación provincial y distintos ayuntamientos para la construcción, explotación y conservación de estaciones depuradoras de aguas residuales que se remontan a finales de los años noventa. La juez estima el recurso de la mercantil Técnicas Valencianas del Agua (Tecvasa) contra la diputación y la empresa semipública Egevasa

Los convenios en cuestión afectan a los ayuntamientos de Losa del Obispo, Gestalgar, Alfauir, Bèlgida, Calles, Algar de Palància, Sellent, Cotes, Titaguas, Noveltlé, Llocnou, Benicolet, Gàtova, Montixelvo, Aras de Alpuente, Domeño, Dos Aguas, Salem, Higueruelas, Godelleta, Tous, Vallanca, Casas Altas, Casas Bajas, Requena (pedanías de Hortunas y la Portera), Cofrentes, Cortes de Pallás, Calles, Buñol y Vallés.

La clave de la decisión está en que la renovación de convenios se hizo con Egevasa cuando la firma pasó de ser pública a empresa mixta, en tiempos del PP, con la entrada de Aguas de València. Al dejar de ser cien por cien pública la firma carece de los requisitos necesarios para prestar el objeto de los convenios en régimen de gestión directa como venía haciendo, según recoge la sentencia.

La juez entiende que al ser una empresa semipública se produce un quebranto a las reglas del mercado de la igualdad, concurrencia y transparencia cuando asume un número indeterminado de convenios de adjudicación directa y por un periodo de tiempo indefinido. Así, considera que la presencia del socio privado en la prestación de una infinidad de servicios públicos ad eternum cuestiona esos principios de igualdad y concurrencia, por lo que da la razón a la mercantil Tecvasa.

Ajustarse a plazo y licitación

Añade la sentencia que los contratos de concesión de servicios a la empresa pública, que adoptan aquí la forma de convenio, tienen que sujetarse a plazo y a licitación. En opinión de la juez, Laura Alabau, sería posible omitir la licitación de los contratos en el caso de que se efectuara una licitación para la selección del socio privado en Egevasa de forma temporal respecto de un contrato, pero no de un número indeterminado.

Concurso sobre el socio privado

Así, la juez da la razón a la empresa que recurre al entender que debería de haberse sacado a concurso la entrada del socio privado.

Y sostiene que los contratos devinieron nulos cuando Egevasa dejó de ser una entidad íntegramente pública. Los convenios anulados afectan a municipios pequeños cuyas infraestructuras no habían interesado hasta ahora al sector privado porque las instalaciones eran deficitarias. Así, los contratos se han ido renovando de una forma tácita desde finales de los 90 con la diputación sin que nadie haya puesto pegas.

Hasta ahora. Porque las empresas privadas quieren entrar en la gestión y el mantenimiento de este tipo de infraestructuras públicas, como ocurre con la demandante Tecvasa, que ha impugnado los convenios entre la diputación y la treintena de ayuntamientos que ahora el juzgado número tres de lo contencioso-administrativo de València anula y que los perjudicados pretenden recurrir.

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