La mascarilla ha dejado de ser obligatoria desde esta mañana en interiores, salvo en centros sanitarios, residencias y transporte público. La norma es clara aunque las dudas siguen surgiendo, sobre todo porque la redacción del Real Decreto publicado esta mañana no baja al detalle de cada espacio en concreto.

Así sucede con los centros sanitarios donde es obligatorio ir todavía con el tapabocas para mantener la prevención frente al coronavirus. Además de los obvios, como los hospitales o centros de salud, la norma apunta a que la mascarilla es obligatoria tanto para trabajadores como visitantes o pacientes en todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios que necesitan autorización como tal según el RD 1277/2003. Hay que ir pues a esta norma para conocer el detalle de cuáles son todos los centros donde hay que llevarla.

A los hospitales hay que añadir otros centros como aquellos de diálisis, de transfusión de sangre, de tejidos, de reconocimiento, clínicas dentales o de reproducción asistida. Entre los servicios sanitarios incluidos en la norma estarían también aquellos como clínicas de dermatología, de rehabilitación, fisioterapia, logopedia, foniatría, psiquiatría, análisis clínicos, por supuesto las farmacias o los servicios de radiodiagnóstico.

Entre los establecimientos están las farmacias, pero también las ópticas o las ortopedias.

Transporte público

Lo mismo pasa con la mascarilla en el interior del transporte público. La norma sí que exime de su uso en andenes en las propias estaciones de viajeros pero, para el resto, habla de medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En esta última categoría estarían incluidos los taxis, que ofrecen un servicio de transporte discrecional de viajeros pero también según han confirmado desde el Ministerio de Sanidad, los servicios de transporte llamados VTC o vehículos de transporte con conductor.

Las dos empresas más importantes en el sector son Uber y Cabify y, aunque están gestionadas por empresas privadas, según la normativa en el interior de estos coches también es obligatorio que los clientes usen mascarilla ya que, como tal, este servicio discrecional de transporte de personas sigue siendo público aunque a través de "arrendamiento de vehículos con conductor" y así se establece en las leyes que las regulan.