La JEC ve indicios de infracción en notas de prensa y redes sociales de la Conselleria de Justicia

La Junta Electoral Central considera que se incluyen mensajes y apreciaciones sobre actuaciones del Consell

Imagen de archivo de la Junta Electoral.

Imagen de archivo de la Junta Electoral. / Rafa Arjones

València

La Junta Electoral Central (JEC) ha apreciado indicios de infracción de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en varias comunicaciones publicadas por parte de la Conselleria de Justicia e Interior en sus perfiles en redes sociales y en notas de prensa, a raíz de sendas denuncias presentadas por el PSPV-PSOE por incluir estos mensajes "anuncios adicionales a modo de reivindicación de un logro político".

Así lo ha acordado este jueves el organismo arbitral, que de esta manera confirma dos acuerdos de la Junta Electoral Provincial de Valencia y desestima sendos recursos presentados por el departamento que encabeza Elisa Núñez contra estas decisiones. Contra las resoluciones de la JEC cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo.

Concretamente, la Junta Electoral Central argumenta que la apreciación de indicios de infracción de los artículos 50.2 y 50.3 de la LOREG por parte de la Junta Electoral Provincial de Valencia "se encuentra fundada", por lo que rechaza revocar el acuerdo de esta última.

Reunión con bomberos forestales

En el primer caso, la Conselleria de Justicia había presentado recurso contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Valencia que establece que en las comunicaciones del 23 y 30 de abril y el 6 de mayo de la cuenta oficial de la red social 'X' de la conselleria se apreciaban indicios de infracción de varios artículos de la LOREG".

En dichas publicaciones y notas de prensa, la conselleria informaba sobre el contenido de una reunión mantenida con bomberos forestales y destacaba su "compromiso con la seguridad y estabilidad" de los efectivos, así como la implantación del tercer turno, entre otras cuestiones.

La Junta Electoral Provincial de Valencia apreció que estas comunicaciones "no solo se referían a la difusión del normal funcionamiento de un servicio público, sino que se incorporaron anuncios adicionales sobre la mejora y ampliación de los servicios, a modo de reivindicación de un logro político y con otras valoraciones de carácter comparativo respecto de la gestión previa de los mismos servicios".

No obstante, valoró la actitud de la Administración para "la corrección o retirada de estas comunicaciones o sus elementos valorativos", por lo que no apreció la necesidad de incoación de expediente sancionador.

En el recurso presentado ante la decisión de la Junta Electoral Provincial, ahora rechazado por la JEC, la conselleria manifestaba que las publicaciones denunciadas "no tienen afán electoralista ni partidista", subrayaba que se habían retirado "todas las fotografías y comunicados controvertidos" y argumentaba que dichas publicaciones" contenían alusiones al ejercicio normal de sus funciones".

Ahora, la JEC considera que estas manifestaciones pueden incurrir en la prohibición establecida en la LOREG en la medida en que la consellera realizó "una serie de afirmaciones en las que realizan apreciaciones sobre realizaciones que cabía atribuir al Gobierno del que forma parte".

Además, el organismo arbitral recalca que durante periodo electoral "no cabe organizar actos institucionales para anunciar la puesta en marcha de nuevos servicios públicos o proyectos de estos, sin perjuicio de que puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo".

"La conselleria puede ejercer libremente su derecho fundamental a la libertad de expresión y opinión y realizar una crítica de la actuación de otros partidos políticos, pero no puede hacerlo prevaliéndose de la utilización de los medios públicos de los que dispone en razón de su cargo público", subraya.

Notas sobre el Observatorio de Seguridad

Por otro lado, en el segundo caso, el objeto de la reclamación del PSPV se refiere a una serie de publicaciones y notas de prensa de la Conselleria sobre el anuncio de reactivación del Observatorio de Seguridad para "frenar el incremento de la criminalidad", el compromiso manifestado para dotar a la Policía de la Generalitat de "las mejores condiciones" o la visita de Núñez, junto con el vicepresidente primero del Consell, Vicente Barrera, a El Campello (Alicante) para abordar cuestiones de seguridad ciudadana y medidas de refuerzo policial.

En el recurso presentado por la conselleria ante la decisión de la Junta Electoral Provincial, el departamento de Núñez defiende que las publicaciones denunciadas "no tienen afán electoralista ni partidista" y subrayó que se sabían retirado también "todas las fotografías y comunicados controvertidos", además de considerar que dichas publicaciones "contenían alusiones al ejercicio normal de sus funciones".

Sin embargo, la JEC aprecia que estas manifestaciones pueden incurrir en la prohibición de la LOREG en la medida en que la consellera y el secretario autonómico realizaron "una serie de afirmaciones en las que realizan apreciaciones críticas con la gestión del Gobierno y aludieron a realizaciones que cabía atribuir al gobierno del que forma parte".

De igual manera, entiende como alusiones a las realizaciones hechas por el Consell del que forma parte su compromiso con el cuerpo policial o la puesta en marcha del Observatorio de Seguridad de la Comunidad Valenciana y recalca, de nuevo, que durante periodo electoral "no cabe organizar actos institucionales para anunciar la puesta en marcha de nuevos servicios públicos o proyectos de estos, sin perjuicio de que puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo".

La portavoz de Justicia del PSPV-PSOE en las Corts Valencianes, Alicia Andújar, acusó hace unas semanas a la consellera de Justicia e Interior, Elisa Núñez, de "utilizar las redes sociales de la Conselleria en periodo electoral para hacer propaganda política como si fuera el NODO" y le ha exigido que "cumpla con la ley, respete las reglas de la democracia y deje de hacer trampas".

europa press