El proyecto del futuro centro de día para personas mayores de la Font de la Figuera se ha topado con un escollo no menor en su trayectoria. El juzgado de lo contencioso nº 6 de València ha declarado nulo el acuerdo por el cual el gobierno municipal adquirió a finales de 2017 la parcela urbana donde planea construir el complejo asistencial. El magistrado José Luis Fenellós no solo ha estimado íntegramente el recurso presentado por la portavoz del PP, Mª José Penadés, sino que ha ido un paso más allá y ha decidido remitir el expediente del caso a los juzgados de instrucción de Ontinyent para que se «proceda a depurar las responsabilidades penales que puedan derivarse» de los hechos, tras observar indicios de ello en las «cuatro causas de nulidad» señaladas en el proceso de compra.

Penadés apuntó a supuestas irregularidades administrativas cuando impugnó la operación. Lo primero que denunció fue que el solar en cuestión pertenecía a los suegros del teniente de alcalde socialista de la localidad, Mariano Ferriz. Lo segundo: que el ayuntamiento lo había adquirido con una gran diligencia, optando por la vía «opaca» de la adquisición directa, sin solicitar ofertas a otros propietarios de terrenos. La portavoz popular también censuró el «sobreprecio» de la transacción: el inmueble se adquirió por 75.000 euros, cuando la arquitecta municipal lo había valorado en 5.000 euros menos.

El equipo de gobierno defiende que la urgencia fue consecuencia de la premura impuesta por la necesidad de no perder las ayudas de un programa de la diputación y la Generalitat que permitiría edificar la infraestructura en 2019 con una inversión de 1,23 millones de euros. Según el consistorio, el solar de 1.000 m(2) de la calle Raquel Payá (junto a un jardín anexo) es «óptimo» para acoger el futuro centro de día de 40 plazas después de haber barajado múltiples emplazamientos alternativos, ninguno de las cuales, incide el ejecutivo, reunía las características exigidas. La corporación se apoyó en un informe de secretaría que respaldaba el procedimiento, condicionándolo a una memoria técnica justificada que se hizo a posteriori.

Después de examinar el expediente, el juez no ve motivado el sistema urgente de compra escogido por el ayuntamiento, «restringiendo la competencia, y obstaculizando la posibilidad de obtener la oferta más adecuada en términos globales». Fenellós sostiene que, para un municipio de menos de 20.000 habitantes como la Font, «no es obligado» construir un centro de día, puesto que «no es un servicio de necesaria y preceptiva prestación por el ayuntamiento». El magistrado incluso hace referencia a que no se ha acreditado «un súbito, relevante e inesperado envejecimiento de la media de la población censada en el municipio» como causa objetiva para «eludir el procedimiento de libre concurrencia y poder optar por la adjudicación directa». Ambos razonamientos han causado perplejidad en la administración local.

Para justificar la premura del procedimiento, el consistorio mostró un correo con una asesora de la Conselleria de Igualdad que le apremiaba para poder optar a la subvención. El magistrado, sin embargo, echa por tierra la prueba ante la confusión sobre el puesto que ocupa la interloctuora y los propios plazos de presentación, a tiempo que arroja sombras sobre la convocatoria y sus bases y carga contra la falta de documentación fehaciente sobre los requisitos para optar a las ayudas, sugiriendo que el consistorio podría haber concurrido a futuros programas.

«Sobreprecio» de 5.000 euros

Fenellós cuestiona que hubiera una negociación entre el consistorio y los propietarios (poniendo el foco en su parentesco con un miembro del equipo de gobierno) y concluye que el precio del contrato se determinó «antes de incoar el correspondiente expediente». En su memoria, la arquitecta fijó el valor de la parcela en 70.000 euros, cuando, tres días antes, un informe de intervención había establecido el coste en 75.000 euros, que fue finalmente el importe de compra. El juez ve este hecho como «absolutamente increíble» porque, a su juicio, se produjo un «sobreprecio ilegítimo» del 7,61% en la operación. El ayuntamiento defiende que sí hubo una negociación en la que ambas partes cedieron y sostiene que el precio abonado a los propietarios «estaba por debajo del valor real del mercado de la zona» y se redujo conforme avanzaron las conversaciones, recalcando el bajo importe de 5.000 euros que está en discusión.

El juez, como hizo el PP, insinúa en la sentencia que la Font debería conformarse con un centro de día menor al proyectado y, para ello, señala que en Agullent se ha concedido una subvención «ostensiblemente menor» (la mitad de fondos y de plazas) para el mismo servicio, obviando sin embargo las diferencias que existen entre ambas actuaciones. Por último, el magistrado se acoge a una afirmación de la arquitecta según la cual el centro de día debía estar listo en marzo de 2019, para recordar que «debe prevalecer el interés público» y que no podría inaugurarse en esa fecha por la cercanía de las elecciones. «No es verdad, siempre hemos dicho que no estará acabado hasta finales de 2019», asegura el alcalde, Vicent Muñoz, que considera que la sentencia contiene varios errores y anuncia un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.