Piden indemnizar la muerte de un dependiente con la ayuda reconocida 5 años

Los hijos de un vecino de Benigànim reclaman a la conselleria la responsabilidad patrimonial después de que al padre le reconociesen la dependencia y falleciera sin que se le aprobase el programa PIA

Un dependiente en una imagen de archivo.

Un dependiente en una imagen de archivo. / Gloria Calderón | EFE

R.Tomàs.

Los retrasos en aprobar la situación de dependencia provoca que, en algunos casos, los beneficiados no lleguen a disfrutar nunca del recurso. Los familiares de una persona dependiente de Benigànim, que falleció sin recibir la ayuda, reclaman a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda una indemnización de responsabilidad patrimonial. Ante la falta de respuesta de la administración autonómica han recurrido al Síndic de Greuges para reclamar sus derechos como herederos.

Los hijos de un hombre de Benigànim han denunciado que su padre falleció cinco años después de solicitar el reconocimiento de su situación de dependencia y de que se le reconociese la misma con un grado 1 nivel 1, aunque sin que se le hubiera aprobado el programa individual de atención, PIA, que asigna la ayuda necesaria a cada solicitante.

Los hechos se remontan a enero de 2008, hace 16 años, cuando el hombre solicitó el reconocimiento de la dependencia. El 2 de julio de 2010 se le reconoció un grado 1 nivel 1, pero el afectado falleció el 9 de febrero de 2013 sin que la conselleria le hubiera aprobado el PIA correspondiente. Los familiares, tras informarles los servicios sociales municipales y la misma conselleria que podían ejercer sus derechos sobre lo ocurrido como herederos, presentaron una reclamación de responsabilidad patrimonial. Los hijos del dependiente fallecido presentaron el escrito en noviembre de 2018, pero no recibieron respuesta de la administración autonómica.

En febrero del año pasado, 2023, la conselleria envió a los herederos una resolución en la que les informaba que su reclamación de responsabilidad patrimonial en materia de dependencia había sido admitida a trámite. En junio de ese año, la conselleria les informó que estaba revisando los expedientes de 2018, año en que fue presentada su reclamación, y que su expediente se encontraba “en fase de instrucción” desde el 8 de mayo de 2023.

Ante la falta de respuesta en los meses posteriores, los hijos del dependiente de Benigànim recurrieron al Síndic de Greuges para exponer su situación y reclamar a la conselleria la indemnización por responsabilidad patrimonial. El Síndic, Ángel Luna, pidió en octubre pasado a la Conselleria de Servicios Sociales un informe sobre el caso. Luna solicitó a la conselleria la confirmación de los hechos denunciados por los familiares del dependiente fallecido, así como que la administración autonómica indicara cuando preveía resolver el expediente y atender la reclamación de los familiares.

El informe de la conselleria llegó a finales de noviembre pasado al Síndic y en el mismo, la administración reconocía que la reclamación de los afectados de Benigànim fue recibida en 2018, una reclamación que los herederos del dependiente habían interpuesto por no aprobarle el programa individual de atención (PIA). La conselleria también exponía que en febrero de 2023 se notificó a los familiares que se había admitido a trámite su solicitud, y que tras comprobar la documentación presentada por los afectados, el expediente se trasladó en mayo de 2023 al órgano instructor, que el pasado 3 de octubre formuló la propuesta de resolución. La conselleria afirma que ahora el expediente de la solicitud del dependiente de Benigànim “se encuentra a la espera de que se formule la correspondiente resolución y se remita para su fiscalización”.

Servicios Sociales no aclara cuando se resolverá la reclamación de los familiares y manifiesta que “la tramitación de los distintos expedientes de responsabilidad patrimonial en materia de dependencia iniciados por los interesados se realiza por riguroso orden de apertura, ya que en caso contrario se estaría vulnerando el principio de igualdad y los derechos de otros reclamantes, cuyas solicitudes se han iniciado con anterioridad en el tiempo”, apuntan. Añaden que ante “el gran volumen de expedientes que se gestiona y tramitan, no se puede prever fecha de resolución del expediente en cuestión”.

El Síndic ha remitido este informe de la conselleria a los afectados, que reafirman su petición a la Generalitat para que resuelva ya la reclamación de responsabilidad patrimonial iniciada hace más de cinco años. Los familiares y el Síndic aseguran que aún no se ha resuelto. Ante ello, Ángel Luna recuerda a la conselleria su obligación legal de resolver en plazo estas reclamaciones, ya que si no se hace “aumenta la incertidumbre que se deriva de la falta de resolución y amplía aún más, si cabe, el sufrimiento soportado por las personas dependientes y sus familias, en un momento de dificultades económicas”. El Síndic insta a la conselleria a que, pasados más de 5 años desde que el dependiente solicitó la dependencia hasta que falleció, y el incumplimiento de resolver la petición de los familiares, proceda “de manera urgente” a resolver la reclamación de responsabilidad patrimonial iniciada en noviembre de 2018, “hace ya más de 61 meses”, más de 5 años, apunta el mismo Síndic de Greuges.