Las ópticas van a luchar en el plano jurídico y administrativo para no tener que soportar ese mazazo inesperado del IVA retroactivo. «La gente está muy agobiada», desliza el presidente del Colegio de Ópticos Optometristas de la Comunitat Valenciana. Ya se han puesto manos a la obra. Y han sugerido a los establecimientos que en las operaciones de compra (importaciones) y venta de monturas para gafas graduadas apliquen el tipo general del IVA, esto es, el 21%. Los únicos que pueden aplicar el IVA reducido a las monturas serán aquellos que vendan el producto ya montado con lentes graduadas. Además, se aconseja a las ópticas que valoren, junto a sus asesores fiscales, «la conveniencia o no de regularizar las operaciones realizadas desde el 2015 hasta hoy en las que no se haya aplicado el tipo impositivo general del IVA (21%), tanto en operaciones de compra como de venta, ya que las mismas tienen una alta probabilidad de ser objeto de la inspección tanto de Aduanas, en el caso de las importaciones, como de la Agencia Tributaria en general, por el IVA de las ventas».