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Legislación

El Gobierno avisa a la UE que sólo permite remolcadores de bandera española

Fomento se salta la recomendación de Competencia de liberalizar un sector que beneficia a Boluda

Base de remolcadores del grupo Boluda en València. m. a. montesinos

Las empresas de remolcadores españolas -con el Grupo Boluda al frente como líder del sector- se salen con la suya. El Ministerio de Fomento comunicó ayer, ante la inminente fecha de aplicación del Reglamento UE 2017/352, por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos, que «considera necesaria la imposición del requisito de bandera española para garantizar el pleno cumplimiento de las condiciones laborales y sociales que figuran en la letra g) del punto 2 del artículo 4 del citado Reglamento». Es decir, el Gobierno de España no liberaliza el sector.

La Comisión Nacional de los Mercados de Competencia (CNMC) recomendó el pasado mes de diciembre al Gobierno español abrir los servicios portuarios nacionales a buques que no estén registrados en el país. Entonces, señaló que la medida es proteccionista y contraria al derecho de los países de la UE. Tal como viene denunciando en el ámbito de la estiba, Competencia, sin citar a empresas concretas, destaca que en el servicio de remolque existe una única empresa licenciataria en todos los puertos, salvo en Huelva, Las Palmas y Santander, en donde hay dos licencias. «Sin embargo, pese a la existencia de dos licencias, no existe competencia entre ellas, porque o bien ambas pertenecen al mismo grupo empresarial, o bien existe cierta especialización de cada licenciataria en diferentes tipos de servicio», puntualiza Competencia.

Cambiar el domicilio social

Los principales grupos empresariales representan un 83 % del total de los prestadores del servicio de remolque. Mientras, en el ámbito de practicaje, el número de prestadores está limitado por ley a uno en cada área portuaria . Respecto al servicio de amarre y desamarre, en el año 2016, había sólo cinco puertos que disponían de 2 o más licencias. En opinión de Fomento, obligar a que las empresas de remolcadores que presten sus servicios deban enarbolar la bandera de España, -tener aquí su domicio social- «no supone una restricción a la posibilidad de que estos servicios de remolque y amarre puedan prestarse por operadores de otros países de la UE».

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