La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha rechazado el recurso interpuesto por Deliveroo contra la sentencia de un Juzgado de lo Social de Valencia que en 2010 reconoció la relación laboral de los riders con la empresa.

El tribunal ha tumbado el recurso de súplica que la compañía presentó contra esa sentencia, en la que el juzgado que examinó la cuestión dio la razón a la Tesorería de la Seguridad Social de Valencia en sus resoluciones y actas de infracción contra Deliveroo, así como a los ‘riders’, que en un número destacado han sido representados en este proceso por Intersindical Valenciana.

El sindicato recuerda en un comunicado que la sentencia de primera instancia estimó la demanda de procedimiento de oficio interpuesta por la Tesoresía contra Roodfoods Spain SL (Deliveroo) y una serie de trabajadores y declaró que la relación que les unía durante el periodo de tiempo alegado era de «carácter laboral».

Para Intersindical, el rechazo del recurso supone una posición «muy clara» en el reconocimiento de la relación laboral de los riders, que ya han sido avalados en el mismo sentido en otras sentencias de otros TSJ autonómicos e incluso en una última del Tribunal Supremo, que fija que prestan sus servicios bajo el ámbito y dirección de la empleadora.