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La Audiencia de Valencia tumba las hipotecas vinculadas al IRPH por abusivas

Tras el fallo del tribunal europeo que dejó la última palabra a los jueces españoles, la sala da la razón a una pareja que no pudo hacer frente a las cuotas por la falta de transparencia de la cláusula y bloquea el proceso de ejecución hipotecaria

La Audiencia de Valencia tumba las hipotecas vinculadas al IRPH por abusivas JM LOPEZ

La Audiencia de Valencia ha tumbado una hipoteca vinculada al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) por abusiva. El fallo se produce después del posicionamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que en teoría beneficiaba a la banca, aunque en la práctica da la última palabra a los jueces españoles. La decisión de la Audiencia de Valencia la recoge un auto fechado el 27 de diciembre que da la razón en el caso del IRPH a una familia de la Ribera que no pudo hacer frente a las cuotas y bloquea el proceso de ejecución hipotecaria. María José Alamar, letrada que ha ganado el caso en el despacho valenciano Aliter Abogados, subraya que el fallo obliga a la entidad a renegociar el préstamo. En la Comunitat Valenciana hay más de 150.000 familias con su hipoteca vinculada al polémico IRPH.

La Audiencia de Valencia tumba las hipotecas vinculadas al IRPH por abusivas

El IRPH es un índice oficial creado en 1994 siguiendo otros estándares europeos que mensualmente elabora el Banco de España. La polémica por su uso se desencadenó entre 2013 y 2016 cuando se estabilizó en valores próximos al 2 %, lo que dejó a los clientes en una situación de desigualdad respecto a los hipotecados con euribor, cuyas cuotas se fueron reduciendo considerablemente. Los despachos de abogados están esperando a que se aclare definitivamente la situación para presentar miles de reclamaciones.

Los jueces han ido dando vaivenes en los últimos años sobre la validez de la cláusula. A mediados de noviembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respaldó la validez de las hipotecas referenciadas al IRPH y aseguró que la normativa comunitaria no obliga a las entidades a incluir una «definición completa del índice de referencia que sirve para calcular un tipo de interés variable». Tampoco es necesario, según el TJUE, a efecto de transparencia que la entidad entregue antes del contrato un folleto que recoja la evolución anterior de ese índice siempre que el consumidor esté «en condiciones de comprender el funcionamiento» a partir de los datos disponibles y de la información facilitada. Sin embargo, el TJUE dejó la última palabra a los jueces españoles y la mayoría de los magistrados está ahora esperando a que el Supremo se pronuncie de forma definitiva. Fuentes judiciales explicaron ayer que la decisión del Supremo es inminente.

En este contexto, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia no ha esperado al posicionamiento del Supremo y ha fallado a favor de los consumidores. El caso es por una hipoteca concedida por Cajamar con un tipo de interés fijo durante los tres primeros años del 6,25 % y referenciado después al IRPH con una cláusula suelo de cuatro puntos. Los hipotecados dejaron de pagar el crédito y la entidad financiera presentó una demanda de ejecución hipotecaria. Un juez de Primera Instancia falló que el tipo de interés era abusivo al estar vinculado al IRPH y la Audiencia ha confirmado esa decisión.

La Sección Sexta basa su decisión en que «no ha quedado acreditado por la entidad ejecutante que se facilitara información alguna a los ejecutados por lo que es fácil inferir que estos no tuvieron un conocimiento cabal de toda la carga económica y jurídica que suponía la cláusula IRPH, lo que implica considerar que no supera el control de transparencia y debe reputarse por abusiva».

Los magistrados subrayan que han comprobado la falta de información precontractual y la falta de claridad y transparencia para comprender las consecuencias económicas del contrato.

María José Alamar destaca que el auto de la Audiencia de Valencia «es un hito» que reabre la interpretación de la abusividad del IRPH tras la decisión del TJUE.

Más de 1,3 millones de españoles tienen su crédito vinculado al IRPH

Las asociaciones de consumidores calculan que en España más de 1,3 millones de familias tienen vinculado su crédito al índice IRPH. Los despachos de abogados valecianos precisan que en una hipoteca media de 150.000 euros supone un sobrecoste de 15.000 euros. Los bufetes esperan que el Supremo se pronuncie de forma definitiva en las próximas semanas. En el caso de que den la razón a los consumidores, se van a lanzar a presentar miles de demandas que ahora mismo están paralizadas. La banca, que se juega miles de millones, sostiene que el IRPH es un índice oficial elaborado por el Banco de España y que las entidades financieras no intervienen en su configuración. Por contra, las asociaciones de consumidores defienden que se trata de un «índice engañoso para los consumidores porque son muy difíciles de comprender sus ventajas e inconvenientes».

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