Tribunales

El Tribunal de Cuentas rechaza suspender el juicio contable contra Puigdemont por el 'procés'

El abogado del expresidente catalán había reclamado la paralización de la vista al considerar que la jurisprudencia del Tribunal Supremo impide que se resuelva la responsabilidad contable sin haber una sentencia penal firme

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, su abogado, Gonzalo Boye, y el jefe de la Oficina de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay.

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, su abogado, Gonzalo Boye, y el jefe de la Oficina de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay.

Tono Callejas Flórez

El Tribunal de Cuentas ha rechazado suspender la vista prevista para el próximo día 17 por la responsabilidad contable del expresidente catalán Carles Puigdemont y los dirigentes independentistas Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluis Puig por su actuación en el 'procés', según especifican dos providencias dictadas por la consejera del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento de este organismo fiscalizador.

El abogado Gonzalo Boye, en representación de Puigdemont, había reclamado la paralización del procedimiento porque, según entendía, la jurisprudencia del Tribunal Supremo impide que se resuelva la responsabilidad contable sin haber una sentencia penal firme.

El documento argumenta, además, que aunque un procedimiento por responsabilidad contable sea compatible con otro penal, en su caso el seguido ante el Tribunal Supremo por el 'procés' "constituye un elemento previo, fundamental y necesario para determinar cualquier eventual responsabilidad contable". El letrado presentó el escrito un día después de que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón dirigiera la investigación del caso Tsunami Democràtic contra Puigdemont por terrorismo.

Ya fue planteada

Sin embargo, la consejera del Tribunal de Cuentas ha rechazado la petición de los líderes independentistas al considerar que no se trata de una cuestión nueva, dado que dicha solicitud ya fue planteada por los letrados de los cuatro codemandados en el acto de la audiencia previa celebrado el 16 de diciembre de 2022, y fue desestimada.

El Tribunal de Cuentas consideró que no procedía la suspensión solicitada "por aplicación del principio de compatibilidad entre las jurisdicciones penal y contable", especifica la primera providencia.

De esta forma, el próximo día 17 de noviembre se realizará, tal y como estaba previsto, la práctica de las pruebas de interrogatorio de parte y testificales que fueron admitidas en la audiencia previa. Y al finalizar este acto, la consejera señalará el momento de iniciación del trámite de conclusiones escritas.