Advertencia de la Agencia Tributaria sobre el IRPF para todos los que tiene una vivienda en propiedad

Avisa a los contribuyentes de sus obligaciones fiscales

La advertencia de la Agencia Tributaria a aquellos que tienen una vivienda en propiedad.

La advertencia de la Agencia Tributaria a aquellos que tienen una vivienda en propiedad. / L-EMV

La Agencia Tributaria ha recordado a los contribuyentes las responsabilidades fiscales que los propietarios tienen que tener en cuenta al vender un inmueble de su propiedad. Y es que todo aquel que venda una vivienda, tiene que afrontar el pago de una serie de impuestos.

En concreto, y siempre según especifica la Agencia Tributaria, el vendedor de un piso o una casa debe abonar tres tipos de obligaciones fiscales:

  • el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
  • la plusvalía municipal
  • el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Pago de impuestos

A pesar de el pago de los impuestos correspondientes a la venta de un inmueble es de cumplida obligación para todos los contribuyentes, también es cierto que hay determinadas excepciones que la Agencia Tributaria también ha querido recordar.

La más importante y beneficiosa para el bolsillo del ciudadano es aquella que los exonera de tener que abonar el incremento de capital que hayan experimentado con la operación de compra-venta de una vivienda en función de la edad o la situación personal de cada contribuyente.

Y es que todas aquellas personas mayores de 65 años que vendan un piso o una casa quedan exoneradas de tener que pagar el IRPF de esa venta. También sucede lo mismo en el caso de aquellos ciudadanos que se encuentren en una situación de dependencia: no tendrán que afrontar el abono del IRPF por la venta de su vivienda.

Pero también hay otras excepciones que liberan de la carga tributaria del IRPF: cuando se reinvierte el capital en otra vivienda en un plazo de dos años.

El IRPF: la Agencia Tributaria advierte a los contribuyentes que quieren vender un piso o una casa.

El IRPF: la Agencia Tributaria advierte a los contribuyentes que quieren vender un piso o una casa. / L-EMV

La reinversión en vivienda habitual es una opción clave: tanto el piso o la casa antigua como la nueva deben cumplir con este requisito y haber sido (durante al menos 3 años) o ir a ser la residencia habitual de quien ha vendido la casa.

La Agencia Tributaria detalla en su página web que, al elegir esta ruta, sólo la cantidad realmente reinvertida se excluye del gravamen. Así que hay que asegurarse bien de marcar las casillas correctas en la declaración de la renta para garantizar que todos los detalles estén en orden.

A este respecto, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) señala que la casilla 1626 de la renta es esencial para los casos en los que haya que declarar actividades económicas vinculadas a los domicilios transmitidos.