Si vendes por Ebay, Wallapop o Vinted cuidado porque Hacienda tiene novedades (y no te van a gustar)

Una directiva europea obliga a estos servicios a notificar al fisco los ingresos que perciben los usuarios por la venta de productos a partir del 1 de enero

La modificación también afecta a otras plataformas como Airbnb

Si vendes por Ebay, Wallapop o Vinted cuidado porque Hacienda tiene novedades (y no te van a gustar)

Si vendes por Ebay, Wallapop o Vinted cuidado porque Hacienda tiene novedades (y no te van a gustar)

La venta entre particulares a través de internet no ha dejado de sumar usuarios desde hace años. Quien más y quien menos ha vendido algo a través de aplicaciones de segunda mano como Wallapop, Ebay o Vinted. Se trata de plataformas que permiten conectar al comprador potencial con quien tiene un producto y quiere venderlo sin necesidad de intermediarios. El éxito del modelo es abrumador y se ha visto beneficiado también por el ecologismo y la compra responsable a favor de la reutilización de productos de segunda mano en lugar de nuevos.

Sin embargo, la entrada en vigor de una nueva normativa europea ha obligado a España a modificar la legislación que afecta directamente a este negocio y a partir del próximo 1 de enero, todas estas plataformas tendrán que reportar a Hacienda todos los ingresos que reciben los vendedores.

La Directiva DAC7 supone de hecho la fiscalización de las ganancias que los usuarios de Vinted, Wallapop, Ebay o el resto de aplicaciones y servicios similares registran cada mes, hasta ahora al margen del control tributario y, por tanto de las obligaciones fiscales.

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Aunque estas plataformas y sus vendedores sean las principales afectadas por este control de ingresos, lo cierto es que la directiva europea afecta también a otros servicios que permiten el alquiler de inmuebles entre particulares o incluso el alquiler de vehículos, en aquellos países en los que estén operativos.

Concretamente, desde el próximo 1 de enero estarán obligados a declarar los ingresos los servicios que incluyan:

  1. El arrendamiento de bienes inmuebles: ya sean de uso residencial o comercial, incluyendo también las plazas de aparcamiento.
  2. Los servicios personales.
  3. La venta de bienes.
  4. El arrendamiento de cualquier medio de transporte.