Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana ha metido en un lío gordo al Ayuntamiento de Manises, y por extensión por su afección a la Generalitat Valenciana, por los terrenos donde se levantó hace más de una década el hospital. Y es que casi 20 años después de impulsar el plan urbanístico y el centro hospitalario comarcal, la justicia, ya en segunda instancia y dejando abierta solo la vía de la casación, puede abrir un boquete en las arcas municipales de dimensiones considerables. La sala de lo contencioso-administrativo ha declarado nula de pleno derecho dos resoluciones urbanísticas emitidas por departamentos autonómicos, relativas a la homologación y plan de reforma interior del Barri d’Obradors y el plan especial de delimitación de terrenos para la creación de un suelo para la ejecución del centro hospitalario comarcal.

En mayo de 2005, el Diari Oficial de la C. Valenciana informaba de la exposición pública del plan de actuación integrada para el desarrollo urbanístico de las dos unidades de ejecución del Barri d’Obradors de Manises. Se trataba de una superficie total de 53.184 metros, donde todavía permanecían las antiguas naves y talleres cerámicas del municipio.

El PAI tenía claramente un doble objetivo. Así quedó patente en el pleno que dio luz verde a la actuación en septiembre de 2005. Por un lado, la construcción de 700 nuevas viviendas, de las un 40% serían protegidas. Por otro, obtener el suelo con el que afrontar la operación con la que Manises arrebataría a Torrent la sede del nuevo hospital comarcal de referencia. Solo el PP de Enrique Crespo, con sus 13 votos de mayoría, apoyó el plan urbanístico. PSPV, EU y Agrupament Progressiste de Manises (actual APM Compromís del alcalde Jesús Borràs) se opusieron de plano.

El PAI inició su largo periplo de tramitación para su desarrollo. Por otra parte, estaba el proyecto del hospital. Para ello, el ayuntamiento necesitaba de los terrenos que cedería a la Generalitat para su construcción. Entonces se encendió la bombilla. El consistorio de Crespo acordó con los dueños del suelo la obtención de las parcelas a cambio de aprovechamiento urbanístico en el futuro PAI d’Obradors.

El Hospital de Manises abrió sus puertas en 2009, pero del PAI de Obradors iba a velocidad de pedales. Tal fue así, que en 2013 el ayuntamiento comunicó al agente urbanizador que se incautaba de las garantías depositadas por la firma del contrato, al no haber inscrito el PAI en el registro o haber compensado a los propietarios por los derribos de las antiguas fábricas cerámicas, entre otros incumplimientos.

El retraso que iba acumulando la actuación en Obradors provocó que los dueños de los terrenos sobre los que se levantó el centro hospitalario que la Generalitat del PP entregó a una empresa privada durante 15 años, presentarán un contencioso en el que reclamaban más de 13,2 millones de euros por el suelo. El consistorio esquivó el golpe, ya que el juez consideraba que el PAI que debía compensar la cesión de sus terrenos seguía vigente y que por tanto, debían esperar.

En 2018, Manises aprobaba por pleno la retirada definitivamente de la condición de agente urbanizador a la mercantil Terraza de los Silos por todos los incumplimientos registrados en la última década, y sacaba adelante el proyecto de reparcelación del PAI d’Obradors.

La encrucijada del PAI d'Obradors

La encrucijada del PAI d'Obradors A. C.

La actuación urbanística ha ido dando pasos, pero ha vuelto a verse envuelto en un litigio, que se convierte en un daño colateral de envergadura respecto a la construcción del hospital. Uno de los dueños de terrenos en el PAI de Obradors presentó un contencioso administrativo contra el proyecto urbanístico, y más concretamente contra la homologación y plan de reforma interior.

En la sentencia a la que ha accedido Levante-EMV, el juez recuerda la resolución de la Dirección General de Planificación y Ordenación Territorial, de septiembre de 2006, que especifica la agrupación de las unidades 1 y 2 y la nueva ordenación urbanística, que incluía, entre otras cuestiones, cambiar el uso del suelo, pasando de industrial a residencial y terciario. Al mismo tiempo, se realizó el plan especial de delimitación de terrenos para la creación de un suelo dotacional para el futuro hospital. Y es ahí donde radica el problema.

El TSJCV sentencia que el suelo destinado a la reserva dotacional para la implantación del Hospital de Manises tenía la clasificación de suelo no urbanizable, cuando en realidad el plan especial lo había clasificado como urbanizable, de forma que no se podían incluir en el PAI de Obradors-Montepío.  El fallo del tribunal considera que «dicha clasificación no incidió en el proyecto de reparcelación (del PAI d’Obradors), que no la tuvo en cuenta. Es más, el plan especial contenía una expresa declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación del referido suelo dotacional, a efectos expropiatorios. El proyecto de reparcelación trata esos terrenos como no urbanizable», reza el fallo del TSJ.

Por tanto, la sentencia considera instrumentos de planeamiento nulos de pleno derecho las dos resoluciones de la Generalitat (de septiembre y noviembre de 2006), en las se aprobaba tanto la homologación y el plan de reforma interior del Barri d’Obradors, como el plan especial de delimitación de los terrenos del hospital.

La sentencia, en la que tanto el Ayuntamiento de Manises como la propia Generalitat están trabajando para recurrir, obliga a paralizar el proceso de cuotas del PAI d’Obradors, ya que ahora no queda claro que tenga la cobertura necesaria para su aprobación.

Al mismo tiempo, deja a los dueños de los terrenos del hospital sin el suelo que serviría de aprovechamiento urbanístico para compensar las parcelas que cedieron, y que ahora debería ser el ayuntamiento el que los pagara. En un contencioso anterior reclamaban más de 13, millones.