Agró presenta un contencioso contra las fotovoltaicas para VW en Gausa y Montíber

Los ecologistas inician acciones legales en contra de que sean áreas de prioridad energética por su alto valor agrológico

Vista de Montíber, donde irán las placas fotovoltaicas de la gigafactoría.

Vista de Montíber, donde irán las placas fotovoltaicas de la gigafactoría. / Daniel Tortajada

Inma Alpuente

Acció Ecologista-Agró, como asociación integrante de la Plataforma en Defensa del Territorio del Camp de Morvedre, ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra la declaración de prioridad energética que ha impulsado la Conselleria de Política Territorial, en una dirección: Permitir que en dos zonas agrícolas de Sagunt se implanten macroplantas fotovoltaicas destinadas a alimentar a la futura gigafactoría de Volkswagen (VW), tal y como ésta última exige.

La resolución de la Conselleria del 23 de marzo de 2023, como señalan desde Agró, afecta a suelo no urbanizable común en las áreas de Montíber y Gausa «de muy alta capacidad agrológica, sobre los cuales está excluida su transformación a suelo industrial por la propia necesidad de producción de alimentos».

Por ello, los ecologistas consideran que la resolución de Territorio «va en contra de la legislación de la propia Generalitat Valenciana, el Decreto Ley 14/2020, para la implantación de energías renovables», dicen además de apuntar que «los suelos de muy alta capacidad agrológica representan menos de 3% del territorio de la Comunidad Valenciana, y su mantenimiento y protección es clave para el sector agrícola y alimentario».

Desde Agró añaden que «se justifica su declaración por “razones de emergencia energética”, cuando la demanda eléctrica en España está cayendo durante los últimos 15 años. Del máximo de consumo de 281.051 GWh del año 2008, se ha pasado a 250.421 GWh en el último año completo 2022, suponiendo un descenso del 12,4% en términos totales. Más significativo si cabe es en términos ligados a la población ya que, del máximo producido en 2007 de 6.086 kWh, se ha pasado a 5.259 kWh per cápita en el año 2022. Lo que supone un descenso medio de la demanda del 15,7 %».

Agró ha impulsado el contencioso como miembro de la plataforma del Territorio

Los ecologistas remarcan que «el objeto de esta declaración, bajo el acuerdo del Consell de la Generalitat de 24 de marzo de 2023, es la expropiación de los terrenos a cargo de dinero público para entregarlos a que Iberdrola venda energía al proyecto de Power Holdco, la Gigafactoría de VW, por medio del desarrollo de plantas fotovoltaicas en los terrenos agrícolas».

Alternativas

Como alternativa a una inversión que el gobierno del Botànic siemre ha considerado indispensable para la gigafactoría, desde la Plataforma en Defensa del Territorio del Camp de Morvedre se ha preparado un dossier de ubicaciones de implantación para las fotovoltaicas en áreas urbanizadas y terrenos degradados dentro del municipio, como cubiertas de grandes industrias, parking de áreas industriales, centros comerciales y espacios deportivos, campas de instalaciones portuarias, zonas anexas a autopistas y áreas de servicio como antiguos peajes de Puzol y Ventorrillo, incluso áreas degradadas cómo canteras y el antiguo vertedero. «Se quiere demostrar que hay alternativas viables a nivel técnico y económico sin afectar al territorio y sin generar un menoscabo en los proyectos, todo lo contrario, pueden generar mayor riqueza sin afectación territorial, y ayudar compatibilizar otras actividades con nuevos usos y a la regeneración de espacios degradados», explican.

Normativa autonómica

En este sentido, creen que «la propia normativa de la Generalitat" avala esto último y recuerdan que el Decreto Ley 14/2020, "en su artículo 8 sobre Criterios generales para la localización e implantación de centrales fotovoltaicas indica que se procurará ”la construcción de centrales fotovoltaicas sobre las envolventes de las edificaciones, incluidas sus cubiertas o techos, y otras construcciones auxiliares de estas, como las pérgolas destinadas a estacionamiento o para el sombreamiento, frente a la ocupación de suelos de cualquier tipo, con independencia de su situación, clasificación o calificación urbanística, y dentro de estos se considera preferente el aprovechamiento de los suelos en situación urbanizada frente al suelo en situación rural”».

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