La semana pasada la Comisión Europea publicó la muy esperada propuesta de Directiva sobre debida diligencia de las empresas en materia de sostenibilidad. Su finalidad es fomentar el comportamiento empresarial responsable y sostenible, obligando a ciertas compañías a integrar procedimientos destinados a identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas por los impactos adversos que generan a lo largo de sus cadenas de suministro en los derechos humanos y el medioambiente. A pesar de ser pionera en su ámbito y establecer un marco necesario para la consecución de los principales objetivos internacionales en materia de sostenibilidad, la eficacia de la propuesta tiene una importante limitación.

Desde los movimientos de consumo consciente hasta los últimos desarrollos normativos de la Unión Europea, hoy en día el mundo empresarial se enfrenta a todo tipo de presiones para mejorar su desempeño en cuestiones sociales y ambientales. Viendo cómo una mala gestión de la sostenibilidad puede afectar su reputación y su cuenta de resultados, los empresarios hacen una de dos: o esconden la cabeza para desentenderse de los comportamientos de sus proveedores, o se comprometen a gestionar o poner fin a los impactos negativos que generan sus cadenas de suministro. Esto último, se hace de manera totalmente voluntaria, ya que no existe un marco legislativo común. La falta de normativa internacional favorece la existencia de una heterogeneidad de estándares y, por ende, crea inseguridad jurídica y falta de competencia equitativa en esta materia.

Bajo la propuesta de Directiva, las empresas europeas de más de 500 trabajadores y facturación superior a los 150 millones de euros anuales estarán obligadas a implementar procedimientos para asegurar que sus proveedores y subcontratas cumplen con los estándares adecuados de derechos humanos y respeto del medioambiente. Esta obligación también recaerá sobre las empresas no europeas que durante el último año facturaron más de 150 millones de euros en la Unión Europea. Además, la propuesta prevé un periodo de adaptación de dos años para las empresas europeas de más de 250 trabajadores y facturación superior a los 40 millones de euros al año que operen en uno o más sectores de alto riesgo (como la industria textil, la alimentación o la agricultura), tras el cual la directiva también les será aplicable.

Así pues, la directiva excluye a las PYMES y microempresas, que constituyen más del 99% del ecosistema empresarial europeo. Sin embargo, esto no quiere decir que no vayan a estar afectadas, pues también estarán expuestas a los requisitos de la directiva a través de sus relaciones comerciales con las grandes empresas. Es más, este estamento del mundo empresarial es el que más adaptaciones necesitará realizar para cumplir con los estándares adecuados, pues estarán integrados en las cláusulas contractuales como quizás a día de hoy lo puedan estar los requisitos de calidad. De no cumplir, constituiría una infracción y, por tanto, en algunos casos, una causa de extinción de la relación comercial.

Regular el nivel de control de las grandes empresas sobre sus cadenas de suministro mundiales es necesario para lograr las metas internacionales en materia de sostenibilidad. Esta Directiva aportará mayor seguridad jurídica al recoger las directrices encaminadas a la protección efectiva de los derechos humanos y el medioambiente contemplados en los convenios internacionales. Asimismo, impone a las empresas europeas de más de 500 trabajadores y facturación superior a 150 millones de euros el desarrollo de una estrategia empresarial compatible con la limitación del calentamiento del planeta a 1,5°C, en línea con el Acuerdo de París.

Por otra parte, la propuesta cuenta con una importante limitación que hace peligrar su efectividad. Plantea que las empresas en su ámbito de aplicación solo sean responsables de prevenir los impactos adversos generados por compañías con las que mantienen relaciones comerciales estables o duraderas. Esto puede afectar negativamente a las PYMES, pues hecha la ley, hecha la trampa: las grandes empresas se pueden ver incentivadas a cambiar regularmente de proveedor o subcontrata, favoreciendo las relaciones cortoplacistas para esquivar las obligaciones derivadas de la directiva.

En definitiva, a través de esta propuesta la Comisión lanza un mensaje claro: ya no da por buena la actitud de esconder la cabeza como el avestruz en la que muchos empresarios se amparan para abaratar costes y satisfacer el volumen de demanda. No obstante, es importante recordar que el cambio real viene de la mano de las PYMES, por lo que su participación debe ser el eje central del proceso. Esto es algo que falta por plasmar en el actual borrador, que debería subsanarse con la aprobación del texto definitivo.