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Los aficionados piden practicar el windsurf y los deportes náuticos en El Faro, Brosquil y Mareny

Reclaman el mismo trato que ofrece el Mareny de Barraquetes - El alcalde cullerense ha desestimado la solicitud

Los aficionados piden practicar el windsurf y los deportes náuticos en El Faro, Brosquil y MarenyVicent M. Pastor

Un vecino de Cullera, Jose Luis Gradolí, ha pedido al alcalde, Jordi Mayor, que se modifiquen las franjas horarias para la práctica de deportes náuticos y se dé el mismo trato a las pedanías del Faro, Brosquil y Mareny que a las de Tavernes y Sueca, concretamente al Mareny de Barraquetes. La primera autoridad local le ha contestado que el ayuntamiento no tiene competencias para modificar las franjas horarias, y que el Mareny tiene otro régimen porque tenía la consideración de Entidad Local Menor.

El abogado José Aguilar Cañabate, considera que la respuesta del alcalde "no es correcta desde un punto de vista legal y que el Gobierno está dando una interpretación incorrecta de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad".

Concretamente, la ley establece que las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que en su ámbito territorial las franjas horarias previstas en este artículo comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas.

"A diferencia de lo sostenido por el alcalde, que considera que el diferente trato al Mareny de Barraquetes es porque tiene la consideración de Ente Local Menor, dicha denominación desapareció, y debe tener el mismo trato El Mareny, Faro y Brosquil se consideran pedanías, si tienen la consideración de nucleos independientes de ámbito territorial inferior al municipio". señala José Aguilar.

Las Entidades Locales Menores desaparecieron con la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que establece que se establecerán entres de ámbito inferior al municipio bajo su denominación tradicional de "caseríos, parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías, lugares anejos y otros análogos, o aquella que establezcan las leyes". Y el apartado 3, los considera "entes" que pueden crearse para la administración desconcentrada de núcleos de población separados.

"Tal es el caso de Cullera, que tiene creadas estas pedanías para la administración desconcentrada de estos núcleos de población", mantiene el abogado, que ha requerido al alcalde para que requiera al Gobierno una interpretación conforme a la normativa expuesta, permitiendo que las pedanías, entes según la Ley de Régimen Local de ámbito territorial inferior al municipio, y por tanto, dentro de lo establecido en la Disposición final Segunda, tengan el mismo tráto que los nucleos de población colindantes a los que se les ha permitido la práctica de deportes sin franja horaria.

También ha reclamado al alcalde que requiera a la Generalitat modificar las franjas horarias para Cullera, a lo que en principio, ha dicho el Alcalde que va a trasladar su petición. Los clubs deportivos de windsurf y los deportes náuticos están reclamando que se permita la práctica deportiva donde no existe ningún riesgo de contagio con las medidas oportunas, en las franjas horarias en las que hay viento, de lo contrario es como impedir su práctica.

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