El Tribunal Supremo ha confirmado en todos sus términos y ha rechazado, por tanto, todas las pretensiones de Braulio Alberto Martínez Rubio, condenado a 25 años por la violación y homicidio de la adolescente Celeste Blandón Morte, de cuya brutal muerte en el valenciano barrio de Benicalap se han cumplido esta madrugada tres años.

Braulio había sido condenado por la Audiencia de Valencia a 13 años por el homicidio, a 12 por la violación y a seis meses más por resistencia, ya que empujó a una agente del grupo de Homicidios cuando lo detuvo, once horas después del crimen. Su defensa recurrió en casación al Tribunal Supremo basándose, como hiciera durante el juicio, en que Celeste y él habían mantenido un relación afectiva y que en realidad todo había partido de una suerte de juego sexual, en un intento por desprestigiar a la víctima y eludir la responsabilidad penal.

Pero, al igual que hiciera la sección quinta de la Audiencia de Valencia en su sentencia del 24 de octubre de 2011, la sala segunda del Supremo no ha dudado en considerar que, independientemente de la relación afectiva anterior, "no discutida", lo sufrido por Celeste aquella madrugada del 19 de septiembre de 2009 fue una "relación sexual no consentida", una violación que aparece "suficientemente acreditada" y "exenta de dudas razonables". En términos similares da por acreditada la intención de matar, e incide en que el hecho de no haber desistido de su acción mientras la estrangulaba "supone una aceptación en términos que hace imputable la muerte, cuando mens, a título de dolo eventual".

El ponente de la sentencia desmonta en cuatro pasos las pretensiones de la defensa: "1º) las lesiones que presenta la víctima, especialmente en zona genital y anal, son exponentes de violencia" -lo que invalida por completo el pretendido consentimiento de la fallecida; "2º) la pericia (autopsia) demuestra la muerte por asfixia; 3º) que ésta, en cuanto producto de estrangulamiento, que es acción voluntaria, sólo se explica como buscada por el autor, y 4º) el comportamiento posterior del acusado -no solicitando ayuda a la vista de lo ocurrido y ausentándose del lugar- confirman que tal resultado no fue ajeno a lo previsto como consecuencia de su acción voluntariamente ejecutada con aceptación de ese resultado".

Además, pagará las costas

Por lo tanto, el recurso de Braulio al Supremo, en el que también estuvo presente como parte la acusación particular, ejercida en nombre de la madre de Celeste por los abogados Antonio Lapeña y Luisa Campos, no sólo no le ha servido para ver rebajada su condena, sino que además le ha supuesto la imposición del pago de las costas de la alegación.

Celeste, a la que le falta un mes para cumplir los 17, fue asesinada por Braulio sobre las dos y media de la madrugada de hace tres años en el portal de la finca donde residía la víctima, tras acompañarla a su casa, en Benicalap, después de una reunión con otros amigos. La joven no tuvo escapatoria: fue acorralada, violada y estrangulada de madrugada en el rellano previo al primer piso por el ahora condenado en firme, cuya superioridad física cercenó cualquier posibilidad de defensa o huida de la víctima.