La Audiencia de Valencia ha impuesto dos años de cárcel a una conservadora por estafar con su marido ya fallecido 278.660 euros al exdirector del Institut Valencià d'Art Modern (IVAM) Kosme de Barañano y a su mujer con una falsa inversión privada en Argentina en acciones de de Movistar que supuestamente iba a producir un rendimiento anual del 7 %, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Levante-EMV. La procesada deberá indemnizar a las víctimas con 303.260 euros (la cantidad estafada más los intereses legales). La acusada carece de antecedentes penales por lo que, en principio, evitará ingresar en prisión si abona la indemnización al ser la pena inferior a dos años y un día.

La conservadora conoció a Kosme de Barañano en 2000 cuando asumió la dirección del museo. La condenada, siempre según recoge la sentencia, aseguró a Barañano y a su mujer que su esposo «era experto en inversiones y que en aquellas fechas (2003) había hallado una muy provechosa en títulos de la filial argentina de Movistar».

Los denunciantes entregaron a la procesada y a su marido los 278.600 euros entre noviembre de 2003 y octubre de 2005. La condenada y su pareja (que falleció tras una enfermedad en 2007) «no efectuaron transferencia alguna a Argentina ni invirtieron el dinero ni lo conservaron» sino que lo destinaron a sufragar sus «gastos corrientes».

Garantía de devolución

En febrero de 2005, «tras pedirle el matrimonio engañado que les dieran alguna garantía de devolución de las cantidades abonadas antes de transferirles otras, la acusada y su marido les entregaron dos pagarés por importes de 50.000 y 150.000 euros que no fueron atendidos en sus respectivas fechas de vencimiento».

La sentencia destaca que «resulta evidente que la acusada y su difunto esposo no pretendieron en ningún momento llevar a cabo las inversiones en Argentina con cuya expectativa los querellantes les habían confiado sus ahorros. Simplemente, se apropiaron de las cantidades y las emplearon para sufragar gastos de la vida corriente, o lo que es lo mismo y como señaló el perito, a "tapar agujeros" dado que los ingresos que percibía el matrimonio no alcanzaban ni de lejos para sostener el tren de vida que llevaban».

La Audiencia incide en que el perito judicial «fue tajante, tanto en su informe, que no ha sido impugnado, como en su declaración en el plenario: el matrimonio "vivía a crédito" y "tapando agujeros"».

La Audiencia considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de estafa e impone a la procesada dos años de prisión y el pago de una multa de 2.400 euros. El fallo se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.