Imponen solo 4.500 € de multa a un conductor novel por la muerte de un anciano en Torrent

La víctima, de 83 años, se encontraba sentado un banco de un parque cuando el vehículo lo arrolló tras perder el control al subirse a un bordillo

El conductor condenado junto a su madre, propietaria del vehículo, en el juicio.

El conductor condenado junto a su madre, propietaria del vehículo, en el juicio. / Ignacio Cabanes

El autor del atropello mortal que en junio de 2020 se cobró la vida de un anciano de 83 años, que se encontraba tranquilamente sentado en un banco de un parque de Torrent, ha sido condenado al pago de una simple multa de 4.500 euros por un delito de homicidio por imprudencia menos grave. Un Juzgado de lo Penal de València reconoce que aunque circulaba a una velocidad superior a la permitida, la suma de circunstancias del atropello no determina una entidad de mayor gravedad en su imprudencia (al no ir ebrio ni drogado) y tener en cuenta la inexperiencia del acusado, conductor novel.

Además del pago de la multa, el juez le impone 16 meses de retirada del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores y el condenado deberá pagar 1.081 euros al Ayuntamiento de Torrent por los daños en el mobiliario urbano, cuantía por la que debe responder la compañía aseguradora de la propietaria del vehículo. En cuanto a la responsabilidad civil no cabe ya que el seguro ya ha pagado la indemnización por el fallecimiento del octogenario.

El accidente mortal se produjo en la tarde del 17 de junio de 2020 en el cruce de la calle Pío XII y la calle San Luis Beltrán de Torrent. El condenado, un joven de veinte años, conducía un vehículo Citröen C4, propiedad de su madre, en el que iba a acompañado de otros dos amigos, cuando a las 17.18 horas, al llegar a una curva de 90 grados, y después de abrirse hacia la derecha, porque había un vehículo mal estacionado en la izquierda, el coche se subió a un bordillo y el conductor perdió el control del mismo.

El acusado «no logró recuperar la trayectoria, realizó una maniobra errónea y chocó contra unos arbustos y un árbol situados en el lado izquierdo de la calle, introduciéndose en un parque donde, en ese preciso instante, se encontraba sentado en un banco la víctima, de 83 años, arrollándolo y provocándole lesiones de tal gravedad que determinaron su fallecimiento», según los hechos declarados probados.

Circulaba a 52 km/h en una calle que solo podía a 30

En el momento del siniestro el vehículo circulaba a una velocidad de 52 kilómetros por hora, superior a la permitida, que era de 30km/h. Así, el fallo concluye que «el accidente se produjo al no haber actuado el acusado conforme a la norma de cuidado y atención que, a la hora de circular por dicha vía, le resultaba exigible, pues, vistas las condiciones del lugar y demás circunstancias concurrentes, fue a tomar una curva de 90 grados a mayor velocidad de la permitida».

La acusación particular solicitaba una pena de tres años de prisión y cuatro años y medio de retirada del carné de conducir por un delito de homicidio por imprudencia grave. De hecho, han recurrido la sentencia por considerar que los hechos declarados probados acreditan precisamente esa imprudencia grave, no menos grave que ha determinado el fallo.

Dio negativo en alcohol y drogas

El juez ha tenido en consideración que el acusado tuvo que abrirse hacia la derecha para eludir un vehículo que estaba mal estacionado a su izquierda, así como la inexperiencia del conductor, al igual que no hay otras circunstancias que afectaran a la conducción, como consumo de alcohol o drogas, dando en ambas pruebas, realizadas en su día por la Policía Local de Torrent, negativo.