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Un cambio en la normativa permite los ascensores en fachadas y patios

Desarrollo Urbano ajusta el planeamiento para favorecer la accesibilidad y el ahorro energético

Panorámica de València. m.a.montesinos

El Ayuntamiento de València aprobó ayer la modificación puntual de las normas urbanísticas del plan general (PGOU) para abrir la puerta a la instalación de ascensores en fachadas y patios interiores de edificios residenciales donde sea imposible, por falta de espacio, su ubicación en huecos de escalera. La posibilidad de construir ascensores en fachadas ya la han desarrollado otras comunidades como Navarra y Aragón. En València, será estudiada caso por caso y se aplicará preferiblemente en edificios con fachadas retranqueadas donde la caja del ascensor no rompa la alineación de la calle.

Aunque la modificación de las normas urbanísticas para permitir la instalación de ascensores en fachadas y patios interiores de edificios residenciales afecta a toda la ciudad, la posibilidad de hacerlo queda limitada por las normativa de protección del patrimonio histórico. Los elevadores no podrán instalarse en fachadas de edificios protegidos o monumentos. Cultura ya vetó hace años el proyecto del cabildo para instalar un ascensor panorámico exterior para que el público con movilidad reducida pudiera subir al Miguelete o visitar las cubiertas.

En la rueda de prensa posterior a la junta de gobierno el concejal de Hacienda, Borja Monzó, informó de esta modificación impulsada por el área de Desarrollo Urbano que permitirá que muchas personas con movilidad reducida «puedan por fin salir de casa». La modificación «es un paso más hacia una ciudad más habitable, inclusiva, que favorece la accesibilidad, la rehabilitación energética y mejora la calidad de la vivienda de la ciudad», apuntan fuentes de Desarrollo Urbano.

La modificación de las normas urbanísticas dará a partir de ahora a las comunidades de vecinos la posibilidad de ocupar espacios libres (de dominio privados o público) para llevar a cabo obras de mejora de la accesibilidad. La modificación también flexibiliza las exigencias para la instalación de placas solares de autoconsumo que mejoren la eficiencia energética y que pueden reducir al menos el 30% de la demanda energética destinada a la calefacción o refrigeración.

Los cambios en las normas urbanísticas municipales también favorecen la instalación de aislamiento térmico o fachadas ventiladas por el exterior del edificio, el acristalamiento de terrazas o la instalación de elementos de protección solar.

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