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Un juez insta a una pareja divorciada de Sueca a dejar de insultarse ante sus hijos

Incluye en la sentencia un requerimiento para que se abstengan de crear situaciones de «tensión física y verbal» en presencia de los menores

Un juez de primera instancia de Sueca ha incluido en una sentencia por un procedimiento de divorcio un llamativo requerimiento a la pareja rota.

El titular del juzgado número cuatro les pide que dejen de insultarse en presencia de sus hijos menores y, sobre todo, que se abstengan de provocar «momentos de tensión» cuando se encuentren ante sus hijos menores.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Levante-EMV, recoge en su parte dispositiva esa reclamación judicial que hace extensiva a ambos cónyuges, a los que pide que eviten generar situaciones de «tensión física o verbal» en presencia de los menores.

El juez también les requiere para que pongan fin a cualquier manifestación o comentario a los pequeños que pueda suponer un «menosprecio» o «demérito» del otro progenitor.

Incluso advierte de que las obligaciones impuestas en la sentencia podrán dar lugar a una multa coercitiva. En ese caso cita que aplicará la ley de enjuiciamiento, sin perjuicio de otras medidas incluso penales, especialmente si se incumple el régimen de visitas fijado a los menores y el pago de la pensión alimentaria. La sentencia de divorcio en este juzgado de Sueca fue dictada el 27 de noviembre de 2013, que estima parcialmente la demanda interpuesta por una mujer, A. S,, y decreta la disolución legal del matrimonio.

Guarda y custodia, a la madre

Además, el juez acuerda una serie de medidas derivadas de la disolución, entre las que cita la revocación de los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera podido otorgar a favor del otro en el ejercicio de la potestad doméstica.

Determina, además, que la guarda y custodia de los hijos menores de la pareja queda conferida a la madre, quedando el ejercicio de la patria potestad atribuido a ambos progenitores.

Por último establece un régimen de visitas a favor del padre consistente en fines de semana alternos desde la salida de colegio los viernes hasta el domingo a las 20.00 horas. Además, incluye que los progenitores facilitarán el contacto telefónico de los menores con el otro progenitor, siempre que no exista perjuicio al menor.

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