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Condenan a l'Olleria a abonar un año de sueldo a una agente que debió contratar

El alcalde prorrogó el contrato a 2 interinos cuando tenía obligación de emplear a la mujer de la bolsa municipal

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Valencia ha condenado al Ayuntamiento de l'Ollería a incorporar a su plantilla a una agente de la Policía Local que cesó temporalmente como funcionaria interina en septiembre de 2011 para pasar a ocupar a continuación el primer puesto en la bolsa municipal constituida un año antes. La sentencia obliga a la corporación municipal a retribuir un año de sueldo íntegro a la empleada desde febrero de 2012 a pesar de que durante este tiempo no estuvo trabajando para la administración local. La juez anula una resolución del alcalde de la localidad, que prorrogó más de lo debido la contratación de dos agentes interinos argumentando que la puesta en marcha de un nuevo Programa Municipal de Policía de Proximidad así lo requería. Obviando su obligación de acudir a la bolsa municipal y por lo tanto a volver a contratar a la demandante, el consistorio amplió durante dos años los servicios de estos dos agentes, nombrados inicialmente en 2010, para la ejecución de un plan que teóricamente tenía carácter temporal.

La sentencia, sin embargo, expone que el citado Programa de Policía de Proximidad respondía realmente «a necesidades permanentes de la administración, a la vista de las funciones que se les encomendaba a los agentes», dado que «las tareas a realizar eran todas las propias de la prestación de servicios habituales que tiene encomendados la Polícia Local», no temporales como defendía el ayuntamiento para eludir su obligación de contratar a la recurrente.

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