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Ocho meses después del archivo libre de la rama textil del caso Gürtel, decretado por e l Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano, el Supremo puso ayer un punto y seguido al calvario judicial del presidente de la Generalitat, Francisco Camps, que lo llevó a tener que declarar ante el juez instructor de la causa en Valencia, José Flors. La sala segunda del Alto Tribunal ha dado la razón al PSPV y a la Fiscalía, al admitirles sendos recursos contra el archivo del TSJ, y se ha negado a enterrar definitivamente el cohecho impropio presuntamente cometido por el jefe del Consell y otros tres cargos de la Generalitat y el PP al aceptar trajes y complementos que les regalaron Orange Market y otras dos empresas de la trama Gürtel (Servimadrid Integral y Diseño Asimétrico), todas ellas contratistas de la Generalitat.

Para el máximo órgano judicial valenciano, los regalos recibidos por Camps, el ex vicepresidente Víctor Campos, el ex secretario general del PP Ricardo Costa y Rafael Betoret -que fue jefe de gabinete de la entonces consellera de Turismo Milagrosa Martínez- no son constitutivos de delito. Los cuatro tendrán que estar muy pendientes de la deliberación que el próximo 12 de mayo mantendrán los cinco magistrados que integran la sala segunda y en la que dictaminarán si ratifican el archivo o la causa regresa al TSJ para acabar designándose un jurado popular, con la consiguiente apertura de juicio oral.

Pulso de carácter procedimental

Aunque, de entrada, el sobreseimiento libre (definitivo) admite, al contrario que el provisional, el recurso de casación, las defensas, entre ellas la de Camps, habían solicitado al Supremo que desestimara la petición de los socialistas -que se personaron como acusación popular- y del fiscal por una cuestión procedimental. Las defensas sostenían, básicamente, que al no haber un auto de imputación formal contra el presidente y el resto de los que recibieron las dádivas no cabía el citado recurso de casación. Dicho de otro modo, que debía ponerse punto final al asunto.

No obstante, en el propio auto de archivo de la sala de lo civil y penal del TSJ -avalado por Juan Luis de la Rúa y José Francisco Ceres y con el voto particular en contra de Juan Montero- se consideraba que su resolución era recurrible en casación. En el auto del magistrado instructor se subrayaba que en la instrucción se había acreditado que el presidente y el resto de los investigados habían recibido diversos regalos (trajes, zapatos, pulseras y hasta entradas para el Circo del Sol) por parte de las empresas Gürtel, que recibieron contratos públicos millonarios. Flors señaló la existencia de "indicios racionales" de la comisión del citado delito de cohecho pasivo impropio contemplado en el artículo 426 del Código Penal, donde se establecen multas de tres a seis meses al funcionario público o autoridad que admitiera "dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente".

En el auto de archivo del TSJ se interpretaba que el delito de cohecho pasivo impropio no condena la aceptación de regalos recibidos por la condición de funcionario o autoridad -los obsequios que nunca le llegarían al cargo de turno si no estuviera en ese puesto- sino los que se hacen por las competencias que tiene uno. De ahí que, dado que ninguno de los implicados tenía capacidad directa y legal de adjudicar contratos, no cabe la comisión del delito. El TSJ insistió en que no había una "relación de causalidad" entre los agasajos en forma de pantalones, zapatos, joyas o juguetes y el acicalamiento de las cuentas de las sociedades de Correa a las que llovieron contratos. Sin embargo, la acusación popular vino a argumentar que en esencia el TSJ estaba asimilando el cohecho pasivo impropio al activo cuando precisamente el primero es un tipo delictivo residual que viene a cubrir el vacío de impunidad que deja el activo o propio en la medida en que resulta complicado demostrar que una concesión es el resultado de una inversión en forma de regalo.

"Se desmiente la conspiración"

El PSPV argumentó también que el sobreseimiento vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva y suponía una "arbitrariedad de los poderes públicos", extremos ambos previstos en los artículos 24. y 9.3 de la Constitución.

La tormenta de reacciones políticas no se hizo esperar. El portavoz socialista en las Corts, Ángel Luna, entiende que el Supremo reconoce que el PSPV tiene "parte importante de razón", desmiente la "teoría conspirativa del PP" y evidencia que su partido no hace "locuras".

Su homólogo en el PP, Rafael Blasco, acusó a los socialistas valencianos de "utilizar el oportunismo para transformar un simple trámite procesal en un triunfo contra el PP". "Los socialistas están tan nerviosos y desesperados que intentan hacer una montaña", añadió. El ex ministro Juan Costa, hermano del ex secretario general popular, lanzó un dardo a Camps a propósito del silencio presidencial sobre Gürtel. "En política siempre es bueno dar explicaciones y estoy convencido de que si el PP las tiene que dar, las dará", asestó el mayor de los Costa.