Levante-EMV

Levante-EMV

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Nuevo gravamen fiscal

El lío de las papeletas del 'Gordo'

Loterías asegura que, aunque las participaciones de las asociaciones carezcan del aviso de retención fiscal, los premios se cobrarán sin problemas

El lío de las papeletas del 'Gordo' M. A. Montesinos

Se acerca la Navidad y con ella su inseparable "Gordo", el sorteo de lotería más esperado del año. Prueba de ello es que las habituales participaciones que muchos colectivos -comisiones falleras, clubes de fútbol, asociaciones culturales, etc.- emiten para oxigenar sus cuentas comienzan a pasar de mano en mano, acompañadas por la ilusión intacta de los que van a probar fortuna. Sin embargo, con la entrada en vigor en enero del nuevo gravamen fiscal del 20% para los premios económicos de lotería que sobrepasen los 2.500 euros, se ha creado cierta confusión respecto a la información que debe especificarse en cada una de las papeletas.

El pasado 2 de julio, la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) comunicó que todas las participaciones para el sorteo de Navidad debían incluir un lema que advirtiera del nuevo impuesto del 20% sobre los premios superiores a los 2.500 euros, y que, además, dejara claro que cada participación sufriría una retención prorrateada en caso de pertenecer a un décimo premiado por encima de esa cantidad.

La finalidad de esta medida era recordar al propietario de la participación que este año los premios de más de 2.500 euros no se cobran íntegros, y que si una participación le reporta una cantidad inferior pero forma parte de un décimo premiado con más de 2.500 euros, se le aplicará una retención porcentual a su valor nominal.

Asimismo, Selae incluía en la circular una serie de requisitos para que se autorizase la emisión de las papeletas, como, por ejemplo, solicitar formalmente un permiso de este organismo estatal.

Poco después, el 26 de julio, el departamento de comunicación de Selae se vio obligado a realizar una nota aclaratoria para deshacer la confusión en la que se había sumergido a muchas asociaciones y colectivos, que no sabían cómo debían imprimir sus papeletas y desconocían cómo pedir la autorización a Selae.

En este segunda circular, se explica que las únicas entidades obligadas a pedir permiso para vender papeletas son las benéficas sin ánimo de lucro o declaradas de utilidad pública, como la Cruz Roja, y que el resto, al no estar bajo la competencia de Selae, pueden seguir operando "de forma idéntica a todos los años". No obstante, se destaca la necesidad de hacer referencia al nuevo gravamen.

Participaciones con y sin lema

Por ese motivo, en la calle coinciden estas semanas papeletas con una leyenda en la que se puede leer algo parecido a: "los premios superiores a 2.5000 euros por décimo tendrán un retención del 20 %, que será prorrateada en estas participaciones en una proporción correspondiente a su valor nominal", con otras en las que no se especifica nada.

Fuentes de Loterías y Apuestas del Estado afirmaron ayer a Levante-EMV que las asociaciones y colectivos privados no están obligados a imprimir este mensaje aclaratorio en sus participaciones, puesto que Selae no les puede obligar a modificar sus papeletas, un documento privado que venden a sus compradores gracias a una relación de confianza. Por contra, se aconseja que se informe del nuevo gravamen cuando se vende la papeleta.

Pese a esta aclaración, algunas entidades, víctimas de la incertidumbre, han preferido retirar sus papeletas de la circulación por temor a incumplir la normativa del sorteo y que ello derive en un problema a la hora de cobrar los premios. Desde Selae se reitera que, aunque no se incluya la citada leyenda sobre el impuesto del 20 %, las papeletas de estos colectivos privados que sean premiadas podrán cobrarse sin problemas.

Compartir el artículo

stats