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Tribunales

Un juez deja a un usurero sin un euro de lucro

El magistrado cancela los intereses aplicados a un cliente que pidió 3.000 euros y que en cinco meses pasó a deber 18.460

Un juez deja a un usurero sin un euro de lucro

El titular del juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia ha dejado a un prestamista sin un euro de ganancia tras fallar que aplicó intereses usureros y cobró por servicios inexistentes a un cliente que sufre una discapacidad. El demandado prestó 3.000 euros a la víctima y cinco meses después transformó la deuda en 18.460 euros tras cargar comisiones, seguros y todo tipo de gastos. El magistrado ha ordenado que el cliente pague exclusivamente los 3.000 euros que pidió.

El demandante „un ciudadano de Valencia que ha sido defendido por el abogado José Vicente Gómez Tejedor„ pidió a una empresa de créditos rápidos un préstamo de 3.000 euros para pagar la reparación de su vehículo. La víctima recibió el 1 de junio de 2012 los 3.000 euros, pero asumió una deuda de 7.149 euros al cargarle el demandado 1.675 euros en concepto de comisión, 900 euros por gastos y 1.479 euros por intereses pactados. El denunciante no pudo pagar, y el prestamista refinanció a los cinco meses la deuda y la convirtió en 18.460 euros.

El demandado alegó en el juzgado que el cliente no recibió únicamente 3.000 euros pues le abonó otro cheque nominativo de 1.675 euros destinados al pagado de la intermediación. Además, aseguró al juez que pactaron 300 euros de comisión de apertura, 660 euros de seguro anual obligatorio y que en el mismo contrato acordaron el abono de intereses ordinarios por importe de 1.479 euros, lo que dejaba la deuda en 7.114 euros. La dinámica de gastos en la refinanciación fue idéntica, aunque con cargos más elevados.

Sin embargo, el magistrado considera probado que el cliente solo recibió los 3.000 euros que pidió. El fallo destaca que la comisión de 1.675 euros supuestamente pagada a la empresa de dinero rápido era ficticia porque la sociedad es del demandado. «Es evidente la vinculación entre dicha entidad y el demando, que no acreditó que ofreciera un servicio distinto al que pudo dar él como prestatario», apunta la sentencia.

Seguro inexistente

El juez añade que la comisión de 300 euros de apertura no está justificada y tampoco el cobro del seguro de 660 euros porque no se suscribió. El magistrado advierte de que el prestamista tampoco puede cobrar de golpe los intereses de tres años porque no había transcurrido ese plazo tiempo. La sentencia coincide con el abogado del demandante en que «son usurarios los contratos en los que se suponga recibida mayor cantidad que la realmente entregada».

El magistrado cierra el fallo condenando expresamente al demandado a abonar las costas del proceso por lo que va acabar perdiendo dinero.

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