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La Justicia desautoriza otra vez a Sagunt con la suelta de patos vivos

El TSJ da la razón a la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar Animal, que recurrió contra el permiso concedido en 2012

La Justicia desautoriza otra vez a Sagunt con la suelta de patos vivos

El vía crucis judicial del Ayuntamiento de Sagunt con la suelta de patos vivos del Port ya va por su sexta etapa, después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana haya dado la razón a la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (Anpba) sobre las cucañas de 2012.

Este acto fue autorizado por el consistorio gobernado por los populares sobre la base de la recientemente renovada Ley de Espectáculos, pero primero el juzgado de lo contencioso de València y ahora el TSJ han anulado ese permiso por «no ser conforme a derecho» debido al «trato antinatural» al que se sometió a los ánades.

De esta forma, la Justicia avala por sexta vez las tesis del colectivo animalista, que inició esta cruzada hace más de una década, primero contra la Generalitat, que era la competente para autorizar la suelta de patos vivos, y luego contra el consistorio, que sólo a partir de 2015, con el cambio de gobierno local, asumió la prohibición y dejó de amparar este acto. En la primera etapa, el balance fueron dos multas de 45.000 euros, que dieron paso a un periodo en el que no se soltaron animales en la dársena pesquera durante las cucañas.

Esta actividad se retomó en 2011, cuando Anpba volvió a recurrir contra el permiso por los malos tratos a los que se sometía a los patos. La respuesta municipal, que se comprometía a «tomar nota de las alegaciones» del colectivo animalista para «tenerlas en cuenta de cara a las fiestas de 2012», frenó que la suelta de aquel verano acabara en los juzgados. Llegado el siguiente año y, «al ver frustradas nuestras expectativas, contrariamente a lo afirmado por el ayuntamiento», Anpba volvió a recurrir a los tribunales que resolvieron a su favor en diciembre de 2014.

Entre los argumentos del juez destaca que «resulta perfectamente coherente con sus propios actos que la asociación recurrente, a la vista de que no se habían tenido en cuenta sus solicitudes, procediera a impugnar el acuerdo adoptado posteriormente por el ayuntamiento en agosto de 2012». Los argumentos municipales para desacreditar tanto las formas como el fondo del recurso de Anpba ya no prosperaron en primera instancia, al entender que «las medidas correctoras introducidas por el ayuntamiento -como el mayor control veterinario, la disminución de aves, el aumento de regalos, la modificación del tipo de patos, la selección previa de los encargados de atrapar a los animales y el establecimiento de normas de trato- son incompletas e insuficientes», ya que «la realidad no se adecuó a las previsiones» del consistorio.

Patos domésticos

Esta sentencia no frenó al ayuntamiento, que recurrió ante el TSJ por considerar que debería atender las condiciones sobre las que el gobierno local concedió el permiso y no cómo se desarrolló la suelta posteriormente. Otro argumento fue que los patos empleados no eran domésticos, sino cruzados o criados en medio similar al marino. Sin embargo, también en esta segunda instancia la Justicia desautorizó estas tesis, al sostener que los animales seguían siendo domésticos, pese a no ser de corral.

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