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El Síndic de Greuges, José Cholbi ha "recomendado" -ésa es la fórmula que puede emplear ante las instituciones- al Ayuntamiento de Valencia que haga cumplir la ley de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental y la Ley contra la Contaminación Acústica en relación con las verbenas de las fiestas falleras y "en concreto que extreme las medidas de inspección y de mediciones sobre niveles de emisión de ruidos, tanto diurnos como nocturnos, y tanto en el interior como en el exterior de los recintos". En la misma comunicación tras haber recibido unaqueja concreta, y Defensor del Pueblo valenciano insta a la corporación a estudiar "la posibilidad de autorizar este tipo de actuaciones lúdicas -las verbenas- en espacios públicos que no afecten acústicamente a las viviendas colindantes", un empeño que se antoja casi imposible en una ciudad que en la semana fallera suma a las verbenas autorizadas decenas de carpas montadas por las comisiones que constituyen espacios de baile y diversión sin control de ruido.

El Síndic recibió la queja de un vecino de la calle Polo y Peyrolón que protestaba por la instalación en un pequeño jardín de una verbena con motivo de las fiestas falleras de 2009, lo que provocaba molestias a los vecinos, ya incómodos todo el año por la presencia de bares y "pubs" en la zona. La verbena había sido autorizada a petición de la falla Polo y Peyrolón-Ciudad de Mula para los días 7 de marzo y del 13 al 18 del mismo mes de 23.00 a 4.00 de la madrugada. El vecino que recurrió al Síndic señalaba en el expediente que no está en contra de que se autoricen verbenas "sino del excesivo plazo, superior a seis días" y que se autoricen en espacios urbanos reducidos, como la de Polo y Peyrolón, "lo que conlleva que el ruido sea totalmente perceptible por las viviendas colindantes".

Para respaldar con argumentos legales la petición al ayuntamiento de que haga cumplir la ley del ruido de día y de noche y también en la semana de fallas, Cholbi recurre a sentencias del Tribunal Constitucional de 2001 y 2004 sobre las consecuencias de las molestias acústicas para la salud de las personas y también los derechos a la inviolabilidad del domicilio, a la protección de la salud, a un medio ambiente adecuado y a una vivienda digna, recogidos directamente en la Constitución, además de otras sentencias del Supremo.

La recomendación de Cholbi, como todas las del Síndic, tendrá que tener respuesta municipal dentro del mes siguiente a su formulación, tanto si se acepta como si se rechaza, en cuyo caso la negativa habrá de estar razonada.

Botellón en Vicente Iborra

Los mismos trámites deberá seguir el ayuntamiento en otra queja vecinal contra el botellón de los fines de semana en la plaza de Vicente Iborra, en el barrio del Carmen. La corporación respondió inicialmente que la policía local realiza un seguimiento en la citada plaza, evitando el botellón, del que afirma que se da "de manera esporádica", lo que no satisfizo al reclamante. Finalmente, el Síndic "recomienda" que el ayuntamiento estudie la conveniencia de incrementar la vigilancia policial en Vicente Iborra para eliminar o reducir las molestias generadas a altas horas de la madrugada por el botellón en esa plaza, citando igual que en el caso de las verbenas la legislación contra el ruido y las sentencias de los tribunales.