­El equipo de gobierno municipal de la Vall d´Uixó ha valorado positivamente que la ordenanza municipal que regular los requisitos urbanísticos para instalar infraestructuras radioeléctricas en el casco urbano –y que afecta a las polémicas antenas de telefonía móvil– haya pasado el filtro del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), ya que éste sólo ha anulado uno de los puntos de la ordenanza, eso sí, el más polémico.

La concejala de Interior, Elena Vicente-Ruiz, ha asegurado que el equipo de gobierno estaba «muy contento» con la sentencia del TSJ «porque uno de los compromisos del PP para esta legislatura era regular la situación de las antenas de telefonía y es lo que estamos haciendo con esta ordenanza, que ha tenido el visto bueno del TSJ».

El único punto que ha sido rechazado por el juez de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV ha sido el artículo 6.1 c), que prohibía la instalación de infraestructuras en espacios sensibles (centros docentes, centros de salud y hospitales) y fijaba un régimen de distancias entre estas zonas y la implantación de estaciones radioeléctricas de 100 metros. Según ha explicado Elena Vicente-Ruiz, «sabíamos que era muy difícil que aceptaran este artículo y los propios técnicos del ayuntamiento nos habían advertido, pero lo incluimos por respeto a la preocupación manifestada por la AMPA del colegio Cervantes, con quienes nos hemos reunido en muchas ocasiones».

Según la sentencia, que se conocía hace unos días, los ayuntamientos «tienen la potestad» de regular las condiciones a las que deben someterse el funcionamiento e instalación de las instalaciones de radiocomunicación pero sin «comportar una restricción desproporcionada o excesiva en atención al interés general que subyace a la actividad».

Esta ordenanza se aprobó por unanimidad en pleno en febrero de 2009. No obstante, el texto fue recurrido por una compañía de telefonía móvil. Por otra parte, el Ayuntamiento de la Vall también ha aprobado una tasa para que las empresas que instalen antenas paguen un canon. En otros casos similares el TSJCV ha sido igual de contundente a este respecto. Las ordenanzas aprobadas en municipios como Betxí, Burriana o Castelló también han sido recurridas por las empresas afectadas y cercenadas en cuanto a estas restricciones espaciales.