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Tribunales

Condenan al Ayuntamiento de Borriol a pagar la defensa del exalcalde por el caso de la Depuradora

Una sentencia ratifica el derecho de Adelino Santamaría a que el consistorio le abone 35.000 euros por los gastos de su abogado tras salir absuelto del caso

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Castelló ha rechazado los recursos del Ayuntamiento de Borriol y le obliga a pagar los gastos de la defensa del exalcalde, Adelino Santamaría, en el caso de la Depuradora de Borriol, así como las costas del proceso.

Unos honorarios de 34.735,29 euros a los que debe añadirse el interés legal generado desde principios de 2017, cuando el consistorio rechazó el pago y recurrió al contencioso, así como las costas de este proceso judicial, cifradas en 650 euros.

El consistorio había recurrido el pago de estos honorarios reclamados desde abril de 2017 al considerar que eran excesivos y que no se correspondían con los criterios establecidos para el cálculo de los gastos generados por su defensa jurídica reflejados en el libro del Ilustre Colegio de Abogados de Castelló.

Los letrados que representan al Ayuntamiento de Borriol esgrimían que el consistorio ya rechazó a través de una resolución de alcaldía del 13 de febrero de 2015 el presupuesto presentado por Adelino Santamaría para pagar su defensa. Sin embargo, la juez desestima este punto ya que entiende que el hecho de rechazar aquel presupuesto no exime al ex primer edil del derecho que el Ayuntamiento de Borriol abone los gastos de defensa por una causa en la que fue imputado por el ejercicio de sus responsabilidades políticas y en la que fue absuelto por todas las instancias judiciales, incluso el Tribunal Supremo.

Así pues, asumido que el Ayuntamiento de Borriol está obligado a pagar la defensa, un extremo que nunca ha negado el consistorio pero del que sí ha matizado el coste, la jueza considera ahora que la pretensión municipal de que los honorarios se ajusten a los fijados por el Colegio de Abogados no es vinculante.

La magistrada concluye que «las normas orientadoras de los honorarios dimanantes de los diferentes Colegios de Abogados carecen de carácter vinculante cuando la reclamación es efectuada por el abogado directamente a su cliente». Una postura que basa la magistrada en una sentencia de la Sala Primera de Tribunal Supremo de 30 de junio de 2011 y en la que se establece que los informes de los colegios sobre los honorarios profesionales «constituyen una asistencia pericial no vinculante para el órgano judicial».

Por último, la magistrada del contencioso argumenta que el Ayuntamiento de Borriol tan solo expuso que deberían abonarse los honorarios conforme al criterio del Colegio de Abogados de Castelló, con un incremento del 20 0 25 %, «sin referencia alguna, por tanto, a los concretos trámites realizados en el curso de los procedimientos». Por ello, estima que, en su criterio, «la conclusión no puede ser otra que la de rechazar la pretendida aplicación de los Criterios del Colegio de Abogados de Castelló».

De esta manera, el ayuntamiento deberá abonar más de 35.000 euros a la defensa de adelino Santamaría tras su absolución en el caso de la Depuradora de Borriol.

Recurso a la sentencia

El Ayuntamiento de Borriol recurrirá ante el TSJCV la sentencia que le obliga a sufragar los 35.000 euros de la defensa jurídica del exalcalde Adelino Santamaría en caso de la Depuradora. Así lo anunció ayer el primer edil Silverio Tena, que explicó que «la defensa se tiene que pagar, pero con arreglo a los precios que marcan los baremos del Colegio de Abogados y con un detalle de la minuta, que no está especificada».

El consistorio borriolense le hizo llegar un requerimiento en febrero de 2018 a Santamaría solicitando un detalle del procedimiento con los pasos y tramitaciones seguidas y con los importes de cada paso ajustados al baremo del Colegio de Abogados. El exalcalde Adelino Santamaría llevó a los juzgados lo que entendía que era una negativa a sufragarle la defensa y la jueza le ha dado la razón. El consistorio sigue defendiendo la misma postura, a pesar de esta sentencia en contra.

«La defensa se tiene que pagar, pero los servicios jurídicos piden que los precios se ajusten a los baremos del Colegio de Abogados y que la minuta esté detallada», incidió Silverio Tena, que explicó que el consistorio realizó una consulta al Consell Jurídic Consultiu, cuya respuesta en este sentido refuerza la posición municipal. Además, según Tena, existe jurisprudencia en otros casos que avala la línea seguida por el consistorio.

Es más, Silverio Tena indicó que los servicios municipales ya le pidieron a Santamaría estas especificaciones en febrero de 2015, estando en el gobierno el Partido Popular. Un extremo al que se refiere la sentencia y que descarta en esta instancia que sea determinante para no abonar la minuta requerida.

«Estamos continuando con el criterio que siempre han seguido los servicios jurídicos, que es el mismo que se siguió con la anterior corporación», dijo Tena.

Cabe destacar que Adelino Santamaría dimitió en marzo de 2014 y que su sucesor, Ibán Pauner, que era concejal del Partido Popular en el equipo de Santamaría y que ocupó su puesto como diputado provincial, dictó una resolución de alcaldía en febrero de 2015 rechazando los honorarios propuestos ya en esa fecha por el anterior primer edil en el Ayuntamiento de Borriol.

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