E. P./Levante-EMV, Madrid/Valencia

El Tribunal Supremo ha anulado una orden de la Consellería de Cultura y Educación de la Generalitat Valenciana de 1995 que derogó una serie de artículos por los que se suprimía la convalidación de los certificados de conocimiento de valenciano por la Junta Qualificadora de la Comunidad con los certificados de conocimiento del catalán de los organismos catalán y balear.

La sentencia señala que la unidad lingüística que conforman el valenciano y el catalán ha tenido un «importantísimo reconocimiento en el campo científico y académico». El alto tribunal estima un recurso interpuesto por Acció Cultural del País Valencià y el Sindicat de Treballadors de L$27Ensenyament (STE-PV) contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que desestimó sus pretensiones.

Según la sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Nicolás Maurandi Guillén, la parte demandada, la Generalitat Valenciana, no ha justificado por qué ha establecido titulaciones distintas, no equiparables ni convalidables, para unas variedades (catalán, valenciano, balear) de un «mismo sistema lingüístico». «La justificación no se ha aportado y, además, esa supresión (la no convalidación establecida por la Generalitat Valenciana) resulta contradictoria con las soluciones presentes en la normativa de educación del Estado. Así, la titulación académica de mayor rango, la de licenciado en Filología Catalana, otorga equivalencia para su obtención a los estudios que se hayan cursado tanto sobre catalán como sobre valenciano», indica. «No parece demasiado convincente que en una certificación administrativa, cuya finalidad es facilitar en la lengua valenciana la comunicación del ciudadano con la Administración pública, se exija un nivel de especialización mucho más intenso que el requerido para la enseñanza y la investigación universitaria», explica.

El alto tribunal cuestiona las alegaciones de la Generalitat y señala que para resolver si son una misma lengua hay que acudir a lo que «haya prevalecido en la doctrina científica», ya que el dilema no está resuelto en el Estatuto de Autonomía según el Tribunal Constitucional en sentencia de 1997. El Supremo se basa en las definiciones que ha dado la Real Academia Española al vocablo «valenciano» en ediciones de 1985 y 1995 y que se dice que que esta lengua es una variedad del catalán. Asimismo, reproduce las conclusiones de un acuerdo de la Academia Valenciana de la Lengua de 9 de febrero de 2005 que aprueba los criterios para la defensa de la denominación y la entidad del valenciano.

Este dictamen señala que es la lengua «propia e histórica de los valencianos» y que, desde el punto de vista de la filología, es también la que comparten las Comunidades Autónomas de Cataluña, Baleares y el Principado de Andorra. Esta opinión es, según el Supremo, «coincidente con la ya manifestada por otras instituciones parecidas».

El Consell estudia presentar recurso

El conseller de Cultura, Educación y Deporte, Alejandro Font de Mora, anunció ayer que el Consell «estudia recurrir la sentencia del Tribunal Supremo sobre la convalidación de títulos de valenciano».

En un comunicado, Font de Mora ha expresado su «seguridad», ya que «tanto la Constitución como el Estatuto definen claramente la lengua valenciana y el idioma valenciano».

El titular de esta conselleria ha afirmado que la Generalitat Valenciana estudiará, a través de sus servicios jurídicos, «todos los recursos que le sean posibles».

Font de Mora ha recordado que el Estatuto valenciano «tiene rango de ley orgánica, lo que favorece a la hora de plantear una reivindicación, que es que en la Comunidad Valenciana se habla el idioma valenciano».

Además,ha manifestado que el Consell «utilizará todos los cauces legales para demostrar que los valencianos sabemos lo que somos y sabemos lo que hablamos», y que «la lengua valenciana está por encima de cualquier otra consideración».