Una juez de Torrevieja cree que el exalcalde de la población y actual diputado autonómico Pedro Ángel Hernández Mateo (PP), pudo cometer los delitos de prevaricación y de falsedad documental en la adjudicación del contrato de recogida de basuras del año 2004.

Así lo refleja la titular del juzgado de instrucción número 4 de Torrevieja (antiguo mixto 5) en la exposición motivada, a la que ha tenido acceso EFE y que ha sido dirigida a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) por el aforamiento de Hernández Mateo, en su condición de diputado en Les Corts Valencianes.

El escrito recoge que el ayuntamiento de Torrevieja constituyó la mesa de contratación para adjudicar el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y que se presentaron las plicas de las mercantiles Necso Entrecanales (finalmente beneficiada), Urbaser e Ingenieria Urbana (Inusa).

Sin embargo, el arquitecto municipal informó de la incompatibilidad de las tres desde el punto de vista urbanístico, mientras que el economista del ayuntamiento se pronunció a favor de Inusa y la secretaria (miembro de la mesa de contratación) consideró que el concurso debería quedar desierto al no cumplir ninguna de las tres empresas los mínimos exigidos en el pliego de contratación.

A la vista de lo sucedido y en su calidad de presidente de la citada mesa de contratación, Hernández Mateo propuso gastar 12.000 euros para encargar un informe jurídico externo que arrojara luz al asunto, que finalmente se adjudicó al bufete Ariño y Asociados.

Pese a que el exalcalde y ahora diputado autonómico popular aseguró entonces, y también posteriormente en sede judicial, que había "cursado personalmente las invitaciones" a tres bufetes para optar al informe externo, los otros dos (Santiago González-Varas Ibáñez y López Rodó) lo negaron "tajantemente".

Estos dos despachos de abogados sostuvieron ante la juez que no habían recibido ninguna "clase de contacto" del ayuntamiento y, por lo tanto y en contra de la versión de Hernández Mateo, rechazaron que se les solicitara "sus servicios", lo que sostendría el supuesto delito de falsedad del exalcalde.

La jueza refleja que el informe emitido por el despacho Ariño y Asociados fue realizado por un letrado que estimó pertinente informar favorablemente de la concesión de la adjudicación a la mercantil Necso Entrecanales, lo que después ocurrió.

Añade que resulta "cuanto menos paradójico que dicho letrado haya representado en numerosos procedimientos judiciales a la mercantil Grupo Acciona, conglomerado del que forma parte la empresa finalmente beneficiada".

Por todo ello, la titular del juzgado de instrucción número 4 ha remitido la causa a la sala de lo Civil y Penal del TSJCV, que sería el órgano competente por el aforamiento de Hernández Mateo.

Una vez que todas las partes se personen (la representación del exalcalde lo ha hecho hoy) y dado que durante agosto la sala no tiene actividad, a partir de septiembre el TSJCV deberá pronunciarse sobre su competencia.