La modificación del Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, ya tenía en cuenta los empadronamientos especiales para personas sin hogar. En 2015, el BOE (Boletín Oficial del Estado) explicita la condición de que sean supervisados por los servicios sociales. «La dirección del empadronamiento será la que señalen los servicios sociales: la dirección del propio servicio, la del albergue municipal, la del punto geográfico concreto donde ese vecino suela pernoctar...», dice en el artículo 3.3. Sin embargo, el pasado 2 de mayo, el INE (Instituto Nacional de Estadística) publicó una nueva instrucción que solventa algunos de los problemas que impiden que las directrices del Gobierno se cumplan como el de las notificaciones. La herramienta, pues, está creada.