Excepciones al cierre de la Comunitat Valenciana: cuándo se puede salir o entrar
Te contamos en qué situaciones están permitidos los desplazamientos fuera del territorio autonómico
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publicará el próximo viernes el decreto del president de la Generalitat, Ximo Puig, que establece, a partir de este mediodía y por un período de siete días naturales más, el cierre perimetral de la Comunitat Valenciana, donde se restringe la entrada y salida de personas.
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No obstante, el decreto recoge once excepciones a esa prohibición de entrada y salida de la Comunitat Valenciana, que deberán ser "adecuadamente justificadas" y que son las siguientes:
- La asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- El cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- La asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- El retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- La asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- El desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial y otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.