El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas para la viuda negra de Alicante y para su cuidador por el asesinato del marido de la primera en un aparcamiento de la Albufereta en agosto de 2018. Un total de 23 años y medio para Concepción Martín Velasco y otros 22 años y medio para su cuidador y amigo, Francisco Ortega. La sentencia avala las resoluciones tras el juicio con jurado popular dictadas en su día por la Audiencia de Alicante y por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJ) y contra ella ya no cabe recurso alguno. De hecho, el Supremo impone a los dos acusados las costas del recurso.

La Sala de lo Penal descarta que ambos fueran condenados sin pruebas o que el veredicto del jurado no estuviera motivado. El Alto Tribunal también avala que se les agravara la condena por disfrazarse con gorras y ropas oscuras a la hora de cometer el crimen, vestimentas con las que perseguían que no pudieran ser reconocidos por terceras personas. Esta agravante fue introducida por el TSJ al aceptar el recurso interpuesto por la acusación particular y que ejercía para uno de los hijos de la víctima el abogado Aitor Prieto.

El crimen se produjo la noche del 20 de agosto de 2018 en un aparcamiento al aire libre en la Albufereta de Alicante y donde la víctima había ido con el pretexto de tener una cena romántica con su mujer, con la que se había casado apenas dos semanas antes en Sax. El fallo declara probado que Conchi y su cuidador le atrajeron a una trampa para poder matarlo, sin que pudiera defenderse. Sin embargo, no contaban con que desde un mirador del paseo de la cantera una policía nacional fuera de servicio viera la escena desde lo alto y corriera hacia ellos para detenerlos. La víctima recibió un total de 19 puñaladas con un arma blanca, probablemente un destornillador, de las cuales una fue mortal, al alcanzarle en la yugular.

El TSJ ya había respaldado la sentencia dictada por la Audiencia de Alicante, incluso elevó las penas para los dos acusados por la agravante de disfraz. Los dos acusados acudieron al Supremo que ahora ha rechazado las pretensiones de las defensas para tumbar esa condena y que se repitiera el juicio.

Entre los argumentos que esgrimían los letrados y que han sido desestimados por el Alto Tribunal se encontraba una insuficiente motivación del jurado a la hora de emitir el veredicto. La Sala de lo Penal entiende que esas supuestas lagunas del veredicto se refieren a aspectos parciales de la resolución y que ésta dejaba clara cuáles era los elementos de convicción que había valorado el jurado.