La sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 60.000 euros a unos padres por las secuelas ocasionadas a un recién nacido a raíz de practicar una cesárea tardía. La sala estima parcialmente el recurso de los demandantes -representados por el letrado Javier Bruna, de los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente- y les reconoce una indemnización de 60.000 euros más los intereses legales desde la fecha de la reclamación. La resolución es firme y los padres ya han cobrado el pago.

Los hechos guardan relación con una paciente con antecedentes médicos de hipercolesterolemia, ansiedad y asma por alergia al polen, que quedó embarazada a los 35 años. Debido a los trastornos menstruales que presentaba no se diagnosticó la gestación hasta las 17 semanas de embarazo. El control gestacional se inició a las 18 semanas en el Hospital de Manises y el embarazó transcurrió dentro de la normalidad.

En junio de 2014, en la 39+6 semanas, tuvo una rotura espontánea de la bolsa amniótica e ingresó en el hospital sobre las 13 horas. Al día siguiente se indicó maduración-inducción. Transcurridas unas horas se le detectó taquicardia fetal, se indujo el parto con oxitocina, se le puso la epidural y con posterioridad se anotó una nueva taquicardia fetal y, finalmente, se le practicó una cesárea emergente.

Tras el parto, se decidió trasladar al neonato al Hospital La Fe y se le diagnosticó encefalopatía hipóxico isquémica e hipotermia. En la actualidad, sigue precisando maestra de audición y lenguaje, maestra de pedagogía terapéutica, apoyo educador educación especial y apoyo en autonomía, conducta adaptativa, socialización y autodirección.