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El TS devuelve al Gobierno la elección de Cardona para dirigir la Agencia de Protección de Datos

PSOE y PP habían pactado dar la presidencia del ente a la exsubsecretaria de la Conselleria de Justicia

La exsubsecretaria de Justicia, Belén Cardona. Levante-EMV

El Tribunal Supremo confirmó este miércoles la sentencia que anula el acuerdo del Consejo de Ministros en el que trasladaba al Congreso los nombres para la presidencia y la adjuntía de la Agencia de Protección de Datos y en la que el Gobierno había señalado, tras un acuerdo con el PP, a la valenciana Belén Cardona para ocupar el más alto cargo. Sin embargo, eso no supone eliminar las posibilidades de la catedrática del Derecho de Trabajo de la Universitat de València a este puesto.

La nulidad del acuerdo por parte del Alto Tribunal, con el desistimiento por parte de la Abogacía del Estado a continuar con el proceso, no supone la suspensión de todo el procedimiento, sino solo la decisión tomada por el Consejo de Ministros. Es la acción administrativa contra la que presentaron recurso los otros dos aspirantes a la terna de la presidencia del ente y la que ha motivado el auto del Supremo que ha tirado para atrás el nombramiento de la que fuera secretaria autonómica de la Conselleria de Participación y subsecretaria de Justicia.

La sentencia del tribunal anula exclusivamente la acción tomada por el ejecutivo el 22 de febrero y no todo el proceso. En este sentido, ese día, el Consejo de Ministros comunicó al Congreso tres candidatos para ocupar la presidencia y otros tres para la adjuntía de la Agencia Española de Protección de Datos para que los eligieran los diputados de la Comisión de Justicia, aunque PP y PSOE ya habían pactado que Belén Cardona debía ser votada para la dirección (una propuesta vinculada al PSOE) y Borja Adsuara para adjunto (a propuesta de los 'populares').

El error señalado por parte de la Justicia es que la propuesta del Gobierno a la cámara baja no puede ser una terna (es decir, tres nombres como había trasladado el Consejo de Ministros), sino que tiene que ser un solo candidato que los parlamentarios correspondientes deciden si aceptar o rechazar y es esta acción del Gobierno (y no todo el proceso) la que anula el tribunal.

La decisión del Supremo devuelve la decisión al Ejecutivo, que tiene sobre la mesa dos opciones: continuar con el proceso corrigiendo los errores legales que han sido anulados, en este caso, pasando solo un candidato a cada puesto (con propuesta de los mismos nombres, incluido el de Cardona) o iniciar un nuevo procedimiento desde el principio revocando la elección hecha por el comité de expertos, que fue el que llevó hasta la terna final a los candidatos. No obstante, fuentes cercanas al proceso indican que ambas situaciones serían susceptibles de ser recurridas.

Pese a que la nulidad del tribunal es respecto a la última acción del Gobierno (contra la que los dos finalistas a la presidencia de la agencia habían presentado recurso), la Justicia había señalado todo el procedimiento como "viciado de raíz", motivo por el que ya lo había paralizado en marzo. El problema es que la norma que regula la elección de estos altos cargos ha de hacerse por un "procedimiento de selección concurrencial, público y transparente", algo que choca con que un mes y cuatro días antes de convocarse el proceso se pactara entre el Gobierno y el PP quiénes ocuparían estos puestos.

En aquel pacto se decidió dar la presidencia de la agencia a Belén Cardona, quien abandonó su puesto en la Conselleria de Justicia para hacerse cargo del ente que debía haberse renovado en 2019. La nueva regulación de este organismo obliga a obtener una mayoría de tres quintos en el Congreso para tal designación, es decir, el voto a favor del PP, después de pasar la valoración de un comité de expertos a partir de méritos y entrevistas personales.

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