Diversidad Funcional

La Fiscalía interviene para desbloquear las cuentas bancarias de personas con discapacidad

La Fiscalía General del Estado consensúa actuaciones con los bancos y el sector servicios tras la nueva norma que elimina la figura del tutor legal

Una mujer con discapacidad en el cajero automático de una entidad.

Una mujer con discapacidad en el cajero automático de una entidad. / Levante-EMV

Mónica Ros

Mónica Ros

La Fiscalía General del Estado ha intervenido de forma directa en aras de proteger los derechos de las personas con discapacidad que habían visto cómo sus cuentas habían sido bloqueadas por un cambio normativo que desconocían las entidades bancarias, tal como ha publicado Levante-EMV. Así, la Unidad de Discapacidad y personas Mayores dela Fiscalía General del Estado no ha dudado en intervenir de forma directa en casos concretos. Ahora, además, trabaja con todos los sectores prestadores de servicio "para consensuar actuaciones" que adapten la realidad de las personas con discapacidad y su entorno a una nueva regulación, desconocida por la mayoría.

Hace un año de la entrada en vigor de la nueva ley que prohíbe incapacitar judicialmente a las personas con discapacidad, lo que significa eliminar la figura del "tutor legal" en aras de otorgar los apoyos que precise la personas con diversidad funcional para disponer y decidir sobre su vida. El desconocimiento de ese cambio normativo ha supuesto que los bancos, al actualizar los datos de sus clientes, bloquearan las cuentas de quienes, como titulares, carecían de las herramientas necesarias para hacerlo.

Como los titulares no podían actualizar los datos de sus cuentas y tampoco podían hacerlo sus tutores legales, las entidades bancarias procedieron a bloquear las cuentas bancarias como un mecanismo para evitar posibles fraudes. Sin embargo, el bloqueo de cuentas ha supuesto que los afectados no han podido ni ingresar ni sacar dinero. Ni ellos ni las Administraciones. Es más, la Conselleria de Igualdad denunció hace un mes que no podía ingresar la ayuda a la dependencia a 2.400 personas por ese mismo motivo: sus cuentas estaban bloqueadas.

Las otras personas que se han visto afectadas por el bloqueo de cuentas son aquellos jóvenes con discapacidad que acaban de cumplir recientemente la mayoría de edad y pasan, en teoría, de tener una cuenta bancaria compartida con sus padres a necesitar una donde ellos sean los titulares ya que las ayudas, prestaciones, pensiones... son nominativas para las personas adultas.

El tutor legal es ahora el "curador representaivo" de forma transitoria

El tutor legal es ahora el "curador representaivo" de forma transitoria / Miguel Ángel Montesinos

Desde la Unidad de Discapacidad y Personas Mayores de la Fiscalía General del Estado aseguran a Levante-EMV que, con la entrada en vigor de la ley "ha cambiado la regulación de la antigua incapacidad. Efectivamente las antiguas tutelas, las patrias potestades prorrogadas o la prodigalidad son instituciones que desaparecen, pero la norma tiene una disposición transitoria que determina que todas esas medidas sigan en vigor, si bien adaptadas en su desarrollo al contenido de las nuevas instituciones. Es decir el tutor sigue con plenas funciones, pero le será de aplicación la regulación del curador representativo".

Es más, la norma especifica que son los juzgados quienes tienen la obligación de revisar todas estas situaciones con arreglo a la nueva norma en el plazo de tres años, explican desde la Fiscalía. Y añaden que el problema reside en el desconocimiento que existe sobre la nueva figura de la "guarda de hecho".

NUEVA LEY

Desde septiembre de 2021 ya no hay incapacitaciones judiciales 

La ley 8/2021 reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

OTRO MODELO

Menos paternalismo y más autonomía

El nuevo sistema deja atrás un modelo paternalista y poner en marcha el nuevo que se sustenta en los derechos de las personas sean cuales sean sus capacidades

CAMBIA EL PARADIGMA

Desaparece la tutela y se incorpora la curatela

El objetivo es promover la toma de decisiones voluntaria de las personas y solo en casos excepcionales se aplicaría la curatela representativa.

TIEMPO DE TRANSICIÓN

El tutor sigue de forma transitoria pero como curador

Mientras se revisan las sentencias de incapacitación, el tutor sigue con plenas funciones, pero le será de aplicación la regulación del curador representativo.

PROCEDIMIENTO

El juez resuelve pero no siempre hay que pasar por el juzgado

La solicitud debe estar acompañada de toda la documentación necesaria para justificar el pedido de medidas de apoyo. Pasar por el juzgado no es obligatorio.

"Es cierto que algunas entidades bancarias se han dirigido a las personas que se encuentran en esta situación y les han emplazado a que soliciten ante el juzgado la revisión de su incapacidad antigua, indicándoles que en el caso de no hacerlo se procedería a bloquear su cuenta. Son estos los casos en que mayoritariamente hemos intervenido indicando a las entidades bancarias que la obligación de revisar es una obligación dirigida al órgano judicial. Se ha rectificado esa iniciativa por parte de las entidades que interpretaron así la norma. También se están dando otros casos de personas con discapacidad menores de edad que tenían cuenta conjunta con sus padres que, al cumplir la mayoría de edad, se les bloquea el pago de la prestación por las administraciones autonómicas mientras no se les facilite una cuenta individual de la persona con discapacidad. Son, por tanto, distintas situaciones que el desconocimiento de la ley está provocando en los distintos operadores", aclaran.

Capacidad para disponer y decidir su vida

Conforme al espíritu de la nueva ley, tan reivindicada por el colectivo, la persona con discapacidad tiene plena capacidad (con los apoyos que necesite) para disponer y decidir su vida. "Y no siempre los apoyos deben ser los que se determine en sede judicial. Si la persona está correctamente atendida en su medio social y familiar no necesitará ir al juzgado para constituir ningún apoyo judicial estable", explican desde la Fiscalía de Discapacidad y Personas Mayores.

 Es más, las mismas fuentes aseguran que estos nuevos principios "nos exigen cambios a todos. En primer lugar, a la propia persona con discapacidad; en segundo lugar, a las personas que les presten los apoyos: sus padres, curadores, guardadores.... y en último lugar a toda la sociedad pues tanto los operadores públicos (las administraciones) como los operadores privados (la banca, los comercios, las entidades que nos ayudan al ocio...) todos, debemos realizar ese cambio de mirada, colaborando en el desarrollo de la mayor autonomía de la persona con discapacidad".

"Estos nuevos principios nos exigen un cambio a todos", añaden desde la Fiscalía

Por ello, la Fiscalía está implicada "en recibir información relativa a todos los problemas de interpretación y desarrollo que el desconocimiento de la norma pueda estar produciendo en todos los ámbitos y en contribuir a solucionarlos. Y tanto los fiscales autonómicos y provinciales en el ámbito de sus competencias están interviniendo, como también desde la Unidad Coordinadora de Fiscalía General del Estado se están manteniendo distintas reuniones de trabajo con todos los sectores prestadores de servicios para ir consensuando las actuaciones procedentes para adaptar las situaciones a la nueva regulación".