Trabajo requiere a Sanidad por dejar a los sanitarios que conduzcan mientras están de guardia

El sindicato SIMAP asegura que la Inspección de Trabajo ha hecho un segundo requerimiento después de que no se tomaran medidas para "minimizar los riesgos" de conducir "en condiciones de cansancio, falta de sueño y estrés"

Algunos de los coches facilitados por Sanidad (sin conductor) para las salidas de los profesionales.

Algunos de los coches facilitados por Sanidad (sin conductor) para las salidas de los profesionales. / Levante-EMV

Levante-EMV/E. Press

La Inspección de Trabajo de Valencia ha emitido un segundo requerimiento contra la Conselleria de Sanidad por "incumplimientos" en materia de prevención de riesgos laborales al "no evaluar, de forma correcta y específica, el riesgo de la conducción de vehículos para acudir al domicilio de los pacientes durante las guardias para los médicos y personal de enfermería de Atención Primaria", según señala SIMAP en un comunicado.

Cabe recordar que Sanidad retiró la posibilidad de usar las ambulancias TNA para estos desplazamientos y los sanitarios tienen que recurrir a sus vehículos o conducir los que proporcionó la conselleria o tienen los centros de salud cuando tienen que salir a una visita domiciliaria de urgencia. Sanidad ya ha recibido una sentencia en contra por esta cuestión después de que un profesional adscrito a CESM llevara su caso ante la justicia.

Según el sindicato, este segundo requerimiento es consecuencia de "no adoptar la medidas necesarias para minimizar los riesgos inherentes a la conducción de vehículos en condiciones de cansancio, falta de sueño y estrés que se producen durante las jornadas ininterrumpidas de 17 y 24 horas que tienen asignadas los profesionales sanitarios durante las jornadas de guardias".

El primer requerimiento por este tema fue el pasado 20 de julio de 2020, tras una denuncia presentada por el SIMAP, en el que se demandaba a Sanidad que "procediera a revisar la evaluación de riesgos laborales de cada uno de los Puntos de Atención Continuada de los diferentes departamentos de salud de Valencia y provincia, identificando e incorporando los riesgos inherentes a los desplazamientos que efectúan los profesionales sanitarios fuera del centro de salud cuando acuden a atender visitas domiciliarias de urgencia en el ámbito de la atención primaria".

Este segundo requerimiento tiene su origen en una nueva denuncia del SIMAP, al incumplir la conselleria el primer requerimiento, ya que la evaluación del riesgo realizada se hizo de "una forma genérica, únicamente atendiendo al código 230, riesgo de atropello y golpes, para los puestos de trabajo de facultativo y enfermería de Atención Primaria y, además, evaluando al personal durante el turno diurno --se realizó en horario de 8 de la mañana a 15 horas--, fuera del horario de la jornada complementaria, excluyendo a gran parte del personal que realiza guardias o tiene un nombramiento de atención continuada exclusivo para cubrir el horario de la jornada complementaria".

Por lo tanto, la Inspección de Trabajo entiende que estas evaluaciones se han realizado "sin tener en cuenta los elementos personales, materiales y de organización en los que se producen estos desplazamientos, y que no consta tampoco la elaboración de protocolo alguno regulando con el detalle necesario las salidas del citado personal del centro de salud".

Soluciones

El plazo máximo para cumplir con este segundo requerimiento es de dos meses y finalizará a finales de febrero de 2023. Para SIMAP, hay hay dos posibles soluciones que son compatibles entre sí: por un lado, aumentar el número de nombramientos de conductores como trabajadores públicos que se encarguen de la conducción y demás necesidades de los vehículos ya adquiridos por Sanidad y, por otro, que se active de nuevo la posibilidad de utilizar las ambulancias TNAs y SVBs para el desplazamiento de los profesionales sanitarios cuando deben realizar la labor asistencial fuera del centro de salud.

Al respecto, recuerdan que el último pliego de condiciones de la licitación del transporte sanitario terrestre urgente y no urgente ya no excluye esta posibilidad de trasportar al personal sanitario en sus desplazamientos fuera del centro de trabajo por necesidades asistenciales en el ámbito de la Atención Primaria y está en activo desde el 1 de septiembre de 2022 con una vigencia de 4 años.