Condenan a Sanidad a poner vehículos con conductor para las visitas médicas a domicilio

El juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Alicante estima en primera instancia una demanda de un facultativo, afiliado al sindicato médico CESM | El juez entiende que el complemento de dispersión geográfica cubre la "disponibilidad" para desplazarse pero no el desplazamiento en sí

Una ambulancia por las calles de Xàtiva.

Una ambulancia por las calles de Xàtiva. / AGUSTI PERALES IBORRA

V.S.

El juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Alicante ha condenado a la Conselleria de Sanidad a poner a disposición de los médicos de Atención Primaria y Atención Continuada vehículo con conductor para los desplazamientos en atenciones en domicilio tras aceptar la demanda interpuesta en primera instancia por un médico particular afiliado al sindicato médico CESM-CV.

Así lo han anunciado esta mañana fuentes del sindicato que se han felicitado por la sentencia ganada en la demanda contra la conselleria. Según han explicado el juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Alicante en su sentencia fechada el 12 de enero de 2023, aclara que el Complemento de Dispersión Geográfica, aludido por la administración para no facilitar medios de transporte: "no es una cantidad para que pueda desplazarse a los domicilios de sus pacientes sino retribuir la disponibilidad para realizar el desplazamiento”.

Así mismo argumenta en el fundamento de la sentencia que; “si para poder acceder al puesto de trabajo que ocupa el recurrente no se precisa disponer de una autorización o licencia administrativa para conducir, ni de vehículo propio, y de forma ineludible e inaplazable se exige una serie de desplazamientos dentro de la zona de salud del equipo al que pertenece el recurrente, algún medio se tendrá que poner a disposición del demandante para poder desempeñar su trabajo”.

Y también pide a la administración que "se plantee este asunto desde la perspectiva de la necesidad de proteger la salud de sus trabajadores” … “cuando el desplazamiento se pudiera hacer a altas horas de madrugada o en extremas condiciones meteorológicas”.

Por parte del CESM, su secretario general Víctor Pedrera ha asegurado esta mañana que la sentencia, pese a no ser firme "deja claro que es la administración la responsable de facilitar medios de transporte a los médicos que deban realizar atenciones en los domicilios del paciente" sobre todo porque al contratarlos no se les exige "ni vehículo propio, ni disponibilidad de carnet de conducir". "Es una reivindicación vieja, no por ello abandonada y que esta sentencia vuelve a poner en la mesa y deja abierta una solución definitiva", añadía Pedrera.

"Que lo pidan aunque no sea sentencia firme"

Por ello, y según han anunciado desde el sindicato, el juez ha condenado a la conselleria a facilitar vehículo con conductor para todos los desplazamientos. El Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV, "recomienda a todos los médicos tanto de equipo de Atención Primaria como de Atención Continuada a que, aunque la sentencia no sea firme, soliciten medio de transporte cuando se les requiera atención en domicilios y ante cualquier posible negativa de facilitación de transporte, trasladen a la Gerencia del Departamento la petición por escrito y pongan el incidente en conocimiento de los servicios jurídicos del sindicato".

Pedrera confía en que la conselleria "se abstenga a recurrirla" ya que ha manifestado "su voluntad de alcanzar acuerdos que mejoren las condiciones laborales de los médicos".

Sin ambulancias para el transporte desde 2018

La demanda se interpuso en su día al hilo de la decisión tomada por la Conselleria de Sanidad en 2018 de modificar el contrato de las ambulancias y sacar del catálogo de servicios el transporte del personal médico de los centros de salud cuando tenían que ir a una visita a domicilio. Hasta entonces, personal médico y de enfermería recurría a las ambulancias TNA (o de transporte no asistido) para hacer estas visitas o, en aquellos centros de salud en los que había, de los coches que había a disposición, muchas veces propiedad de los ayuntamientos.

Un año después, en septiembre de 2019 y tras un año de quejas al estar recurriendo a sus vehículos particulares o a taxis, Sanidad pactó con los sindicatos adquirir 121 vehículos (que compró de forma centralizada a Opel España) para dar servicio al menos a los puntos de atención continuada que más lo necesitaran. El pacto incluía el servicio de conductor y el compromiso de la conselleria de extender este modelo. El problema es que esos contratos de conductores se quedaron cortos y solo hay disponibles en unos poco s"puntos de atención sanitaria en las ciudades, pero no en los PAC de los pueblos", según explica Carmen Castro, presidenta de la Asociación de profesionales de atención continuada de la C. Valenciana (Apacu-CV).

Según Castro, en los centros de salud con urgencias extrahospitalarias donde hay vehículo pero no conductor "en cada uno se hace de una manera. En alguno van en taxi si el personal se niega a conducir. Pero en muchos conduce el personal médico y/o de enfermería turnándose".