El juzgado de lo penal nº3 de València ha absuelto al exalcalde de Enguera, Santiago Arévalo (PP) y a cuatro concejales que formaban parte de su equipo de gobierno de los delitos de prevaricación urbanística que se les imputaba por la concesión de las licencias de seis viviendas adosadas construidas en 2006 en la calle Unión Musical Santa Cecilia, junto al polígono El Vapor. La agrupación socialista de Enguera denunció a la Fiscalía que las casas se levantaron y ocuparon en una zona pendiente de ordenación urbanística con los reparos de la secretaría municipal.

Por los hechos fueron procesados tanto los representantes municipales que aprobaron los permisos como el promotor de la empresa que edificó la viviendas. Como acusación particular, el PSPV. El Ministerio Fiscal pidió 6 años de cárcel y 10 de inhabilitación para Arévalo y un año y medio para el resto de concejales, además de solicitar en concepto de responsabilidad civil la demolición de los adosados y la indemnización de los posibles afectados.

Sin embargo, tras examinar los hechos y escuchar los testimonios citados a declarar en el juicio, la magistrada Ana Canto Ceballos no ve motivos para condenar a ninguno de los investigados.

La sentencia es firme desde el miércoles y no admite recurso. Las licencias en cuestión fueron concedidas por el Ayuntamiento de Enguera condicionadas a la aprobación definitiva de un Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) cuya tramitación estaba en curso. Con posterioridad, el instrumento urbanístico fue validado inicialmente por la Generalitat y el Tribunal Superior de Justicia, pero en 2013 terminó siendo anulado por el Tribunal Supremo a raíz de un recurso del Gobierno. De esta forma, el suelo donde se habían edificado los adosados, que el PGOU regularizaba como urbano, quedó en el limbo.

Frente a las objeciones que puso la secretaría del consistorio de Enguera a la concesión de los permisos, el arquitecto municipal dio luz verde a la urbanización tras subsanarse una serie de deficiencias. La jueza hace hincapié en estos «criterios discrepantes» entre los técnicos municipales, a tiempo que tacha de «vagos e imprecisos» los informes desfavorables de la secretaría, que «no se pronunciaron taxativamente en cuanto a la imposibilidad real de otorgar las licencias» sin supeditarlas al PGOU y que resultan «ambiguos» a la hora de autorizar la ocupación de las viviendas. Además, incide en que los técnicos no denunciaron ni paralizaron las obras en el solar.

Los adosados se construyeron en una calle en la que había varias edificaciones preexistentes, con una antigüedad de más de 15 años: no se levantaron en suelo de uso agrario, rústico o forestal apartado del núcleo urbano, sino en una parcela que iba a catalogarse como urbana en el PGOU y que ya estaba «materialmente edificada» porque existían varios inmuebles consolidados que se autorizaron entre 1986 y 1989. Por todo ello, la jueza llega a dos conclusiones: el alcalde y los concejales no incurrieron en prevaricación y su actuación no constituyó ningún daño ni «grave lesión jurídica».

De las siete denuncias que el PSPV interpuso contra Santiago Arévalo, la de los adosados era la última que quedaba por resolverse en los tribunales. Todas ellas han quedado archivadas.