Xàtiva paga más de 40.000 euros a la exgestora de les Pereres tras una sentencia

El TSJ falla a favor de Quatre Fulles, SL en el litigio sobre el cómputo de horas adeudado por la empresa a la hora de liquidar el contrato

Xàtiva. Polideportivo Les Pereres

Xàtiva. Polideportivo Les Pereres / PERALES IBORRA

Sergio Gómez

Sergio Gómez

La antigua Ciutat de l'Esport continúa siendo un foco de conflictividad judicial y sobrecostes para el Ayuntamiento de Xàtiva. La administración local ha tenido que afrontar el desembolso de más de 40.000 euros a la anterior contratista del servicio de portería, control de acceso, información pública, mantenimiento, socorristas y limpieza del complejo deportivo Les Pereres después de haber perdido el pleito que la empresa Quatre Fulles, SL promovió contra el consistorio en sede judicial tras impugnar la liquidación del contrato aprobada por la junta de gobierno local en febrero 2020.

El pasado 13 de febrero, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) desestimó elrecurso interpuesto por la corporación municipal contra la sentencia del juzgado de lo contencioso nº6 de València que anuló parcialmente el citado acuerdo del ejecutivo y reconoció a la mercantil el derecho de percibir una indemnización de 37.184 euros más IVA tras invalidar el saldo de horas reclamadas por el ayuntamiento a la hora de finiquitar el contrato, que recientemente se adjudicó otra empresa distinta.

En 2018, cuando se procedió a la prórroga del contrato con Quatre Fulles una vez finalizado su periodo inicial de vigencia, el Ayuntamiento de Xàtiva estimaba que la empresa adeudaba 1.035,8 horas por servicios de obligada prestación incluidos en el pliego y no realizados. Sin embargo, el consistorio varió posteriormente el citado saldo al practicar la liquidación contractual, lo que "afectó de modo peyorativo al derecho de confianza legítima" entre las partes y "no se adecuó a derecho", según relata la sentencia dictada por el TSJCV, que impone a la corporación municipal las costas procesales causadas en segunda instancia por una cuantía de 2.000 euros.

El consistorio de Xàtiva ya ha abonado a la antigua contratista de les Pereres el importe que le ha sido reconocido por vía judicial, después de haber descartado la presentación de un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.

Se da la circunstancia de que Quatre Fulles, SL ha sido recientemente objeto de un procedimiento penalizador por parte del Ayuntamiento de Ontinyent para rescindir el contrato y apartar a la firma de la gestión de las actividades de los centros cívicos después de los graves problemas que se han sucedido en los últimos meses en la localidad por los impagos a los trabajadores y las bajas de personal, que llegaron a obligar a interrumpir el servicio.

La prórroga de 2018 fue vinculante

El Ayuntamiento de Xàtiva defendió como legítimo el acuerdo adoptado en 2020 que fijó el importe definitivo de horas adeudado por la mercantil. Sin embargo, la sentencia del TSJCV sostiene que dicha resolución se apartó indebidamente del anterior pronunciamiento a pesar de que el mismo ya había adquirido eficacia vinculante. Fue en julio de 2018, cuando se resolvió prorrogar el servicio: "Atendiendo a que el Consell Esportiu Municipal tiene un saldo a favor de 1.035,8 horas, no se realizará ningún pago hasta que no se agoten todas las horas que tiene el ayuntamiento a su favor", advertía el citado acuerdo.

La sección 5ª de la sala de lo contencioso del TSJ entiende que "sí existió una certera asunción por parte de la junta de gobierno local y el presidente del Consell Esportiu acerca del alcance al que llegaban las horas debidas por parte de la contratista". Por ello, los magistrados consideran que el cómputo de horas debidas se concretó ya "de modo preciso y certero" en 2018 y que "por tanto, no cabía variarlo al liquidar el contrato". La nueva liquidación de horas "vulneró el principio de legítima confianza del contratista en cuanto a su determinación, ya que la administración no se limitó a darse por enterada de los informes" realizados técnicos supervisores, sino que "les dio eficacia vinculante en cuanto a la liquidación de dichas horas y les atribuyó unas consecuencias jurídicas que, de entenderse provisionales, hubieran podido motivar una actuación distinta sobre la prórroga del contrato y los términos que allí se contenían por la entidad contratista" dos años antes, ahonda la resolución judicial.

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