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Entidades bancarias

La banca elude los seguros de las hipotecas y opta por los desahucios

La Unión de Consumidores denuncia que la legislación impide a los jueces exigir esa cobertura

Protesta en Alicante contra los desahucios. efe

Los contratos financieros son un microcosmos generador de todo tipo de sustos para quien los firma, sobre todo si no es la entidad bancaria. La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana (UCCV) denunció ayer lo que considera una nueva tropelía por parte de algunos bancos. Y es que, como aseguró su representante jurídico, Francisco Rodríguez, ciertas entidades prefieren recurrir al desahucio de un cliente que no paga su hipoteca antes que echar mano del seguro que exigió al mismo antes de la formalización del contrato, precisamente para cubrir la eventualidad de un impago por fallecimiento, despido laboral o incapacidad.

Rodríguez explicó que la organización de consumidores, aunque no ha recibido quejas directas de los afectados, sí ha recibido información directa del desconcierto en que se encuentran algunos jueces que instruyen casos por desahucio. La cuestión, según este abogado, es que el beneficiario del seguro es la propia entidad financiera y resulta que la legislación vigente establece que solo el beneficiario puede pedir la ejecución de la póliza de seguro para cubrir con ella el impago. Aunque la lógica indica que al banco le convendría recurrir de inmediato al seguro, cobrar la deuda y evitarse los engorrosos trámites judiciales y recibir en pago la vivienda, lo cierto es que se están dando casos, según el representante de la Unión de Consumidores, en que las entidades financieras prefieren ese proceloso camino. ¿Por qué? Francisco Rodríguez considera que la única explicación posible es que en muchos casos las aseguradoras a las que recurren los bancos para formalizar esos contratos forman parte de su grupo o están vinculadas al mismo y, en consecuencia, declinan recurrir a ellas.

Rodríguez se muestra seguro de que estos casos van a constituir el próximo campo de batalla entre los consumidores y las entidades financieras, a pesar de que los desahucios instados desde los bancos se han reducido. En su opinión, no es de recibo que los bancos impongan, para conceder un préstamo hipotecario, la contratación de seguros «y que no pidan el importe a la aseguradora en caso de impago, sino que lo hagan, en el proceso de ejecución, al hipotecado, que puede perder su casa, mientras que si recurrieran al seguro no sería así o, al menos, el importe reclamado sería menor, porque si pides la cobertura reduces la deuda». A este respecto, el abogado de la Unión de Consumidores apuntó otro factor que podría ser abusivo. Se trata del hecho de que «la cobertura del seguro es sobre el principal de la deuda, que va bajando conforme pasan los años, mientras que el capital asegurado se mantiene y generalmente el importe de la póliza de seguros se va incrementando».

Seguro de vida

En relación con esto, el presidente de la Sala Civil del Tribunal Supremo, Francisco Martín Castán, en su intervención del martes de la semana pasada en la Cumbre Española de la Confianza, explicó que a los tribunales están llegando casos de entidades financieras que, tras haber exigido un seguro de vida para conceder hipotecas, al producirse el fallecimiento, «se desentienden del seguro» y activan la ejecución hipotecaria para reclamar el inmueble sin esperar a que los herederos puedan cobrar el seguro y seguir cumpliendo con los pagos, según informó el pasado lunes el diario El Mundo.

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