El pago de impuestos forma parte de la obligaciones de todos los ciudadanos. Aunque no sea plato de buen gusto, la recaudación permite a las administraciones públicas redistribuir la riqueza y financiar los servicios públicos. Es uno de los pilares del estado de bienestar y una de las principales vías de financiación del Estado y de sus administraciones, tanto locales, autonómicas como centrales.

Uno de los impuestos más conocidos es el que grava las rentas. Es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y se paga cada año sobre los ingresos percibidos el año anterior. Junto a este impuesto existe otro que grava el patrimonio. Es el Impuesto de Patrimonio, y, a diferencia de la IRPF, tiene en cuenta los ingresos sino las propiedades y el capital del contribuyentes.

Concretamente, y según informa la propia Agencia Tributaria en su página web, el impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas, es decir, el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de los que es titular, con deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como de las deudas y obligaciones personales de las que su titular deba responder.

En la Comunitat Valenciana no todos los contribuyentes deben pagar este impuesto

A diferencia de otros impuestos, el de Patrimonio está transferido a las comunidades autónomas y tributa de manera diferente entre unas y otras.

En el caso de la Comunitat Valenciana, el Impuesto sobre el Patrimonio está exento en determinadas circunstancias y, por eso, no todo el mundo tiene la obligación de pagarlo.

¿Quién tiene que pagar este impuesto en la Comunitat Valenciana?

Según informa la Agencia Tributaria Valenciana, solo tendrán que pagar este impuesto aquellos cuyo patrimonio supere los 500.000 euros. Por lo tanto, en la Comunitat Valenciana, si la base imponible determinada de acuerdo con las normas del Impuesto, es igual o inferior 500.000 € no existe obligación de declarar.