Condenan al Ayuntamiento de Castelló de Rugat por impedir a una ingeniera agrónoma firmar una instalación fotovoltaica

El decano de los ingenieros agrónomos califica de “vergonzosa” la actitud del ayuntamiento, que decidió litigar pese a la abundante jurisprudencia en contra

Placas para el autoconsumo en una empresa valenciana, en una imagen de archivo.

Placas para el autoconsumo en una empresa valenciana, en una imagen de archivo. / Levante-EMV

Ramón Ferrando

Ramón Ferrando

El Ayuntamiento de Castelló de Rugat ha sido condenado por impedir a una ingeniera agrónoma firmar una instalación solar fotovoltaica, según informó ayer el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Levante. “Es vergonzoso. Se debería poder hacer algo al respecto contra aquellas personas que perjudican a profesionales al enrocarse en argumentos insostenibles”. Así se ha expresado el decano del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Levante, Joaquim Aguillella, después de que el juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Valencia haya dictado la sentencia que confirma que los ingenieros agrónomos son competentes para firmar proyectos de instalaciones solares fotovoltaicas en cubiertas de edificios, un trabajo que, además, en la actualidad es habitual para estos ingenieros. El fallo se produce en un momento en que se han disparado las instalaciones de autoconsumo.

Un recurso respuesta

Inicialmente, la ingeniera agrónoma, asistida por el colegio, presentó un recurso de reposición al Ayuntamiento de Castelló de Rugat que incluía abundante jurisprudencia que ya había resuelto casos idénticos, demostrando su capacidad técnica real y advirtiendo de todos los proyectos visados que se han gestionado en otros ayuntamientos sin ningún tipo de problema. Un recurso que daba una oportunidad a su arquitecto municipal y a sus responsables políticos para que rectificaran la decisión y que no prosperó.

Demostrada capacidad técnica

La sentencia recoge que los ingenieros agrónomos son competentes para este tipo de instalaciones por su capacidad técnica real, que es un tipo de trabajo frecuente dentro de su actividad profesional (señalando proyectos visados y aprobados en otros ayuntamientos sin ningún problema) y, además, que la jurisprudencia ya les ha dado la razón en numerosos casos similares.

En la sentencia, la magistrada concluye que “no concurre motivo que permita vedar a los profesionales con titulación de ingeniero agrónomo la redacción del proyecto necesario para una instalación fotovoltaica como la de autos”, y destaca que “se cuenta con la capacidad profesional para este cometido”.

Hartazgo

Por ello, el decano del COIAL, Joaquim Aguilella, afirma: "resulta imposible creer que alguien con unos mínimos conocimientos jurídicos o con algo de sentido común no se haya leído el recurso, ni mucho menos que pensara que la mejor decisión era no contestar a la compañera. Estamos hartos del abuso de poder de algunos técnicos municipales, que juegan con el trabajo de los demás con total impunidad, y ojo: no es algo que nos ocurre sólo a los ingenieros agrónomos, sino también a compañeros de otras ramas de la ingeniería y la arquitectura. Se debería hacer algo contra aquellas personas, como el arquitecto municipal y el equipo de gobierno que lo ha respaldado, que deciden ir a juicio con todo en contra y que se ven condenados a pagar las costas con un dinero que sale de los impuestos municipales, es decir, de los bolsillos de los vecinos del municipio”.

Aguilella denuncia que, además, con esta estrategia, “el ayuntamiento ha conseguido que nuestra colegiada haya perdido el cliente y los honorarios que debía percibir, puesto que las inversiones no pueden esperar y la empresa interesada ha tenido que buscar otro profesional para firmar el proyecto”.

Respuesta

A raíz de la sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 2 de Valencia contra el Ayuntamiento de Castelló de Rugat, que devino firme, los servicios jurídicos del COIAL, amparando a su colegiada, están en fase de preparación de acciones penales contra el técnico municipal, y de reclamación de indemnización por los daños y perjuicios irrogados a la ingeniera agrónoma derivados de la infracción penal. Las instalaciones de autoconsumo se han duplicado en el último año.

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