Redacción / AgenciasEl presidente del Gobierno, Pedro SánchezPedro Sánchez, compareció el martes 28 de abril en una rueda de prensa telemática desde el Palacio de La Moncloa para anunciar el plan de desescalada gradual.

"Empezamos a vislumbrar el desenlace (de la pandemia del coronavirus) en estos días y será una recompensa al esfuerzo colectivo que hemos realizado en las últimas seis semanas. Hemos logrado doblegar la curva de propagación de la epidemia", dijo Sánchez.

La desescalada, tal y como anunció el presidente, consta de 4 fases. Cada fase dura dos semanas y se avanza a la siguiente etapa si los indicadores sanitarios apuntan que es posible continuar.

La desescalada tiene cuatro fases y durará unas ocho semanas

La desescalada tendrá cuatro fases, arranca el 4 de mayo y durará ocho semanas

La desescalada tendrá cuatro fases, arranca el 4 de mayo y durará ocho semanas

Estas son las cuatro fases del Plan de Transición hacia una nueva normalidad:

Fase 0 de la desescalada:

Es la fase de preparación de la desescalada. La "fase cero" comenzó el 4 de mayo en toda España con la excepción de las islas de Formentera (Baleares), Gomera, La Graciosa y El Hierro (Canarias), que se situaron directamente en la fase 1.

Las medidas adoptadas por el Ejecutivo para la fase 0, son las siguientes:

- Uso obligatorio de las mascarillas en el transporte público. Para facilitar el cumplimiento de este requisito, el Gobierno ha repartido un total de 6 millones de mascarillas en los principales nudos de transporte públicos, otros 7 millones a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para que procedan a su distribución y otro millón y medio a organizaciones como Cáritas, Cruz Roja o el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CEMI) para garantizar su reparto en diferentes colectivos.

- Los restaurantes y cafeterías podrán abrir para que sean los ciudadanos los que puedan recoger en el propio local los pedidos. Estos se realizarán mediante llamada telefónica e Internet y se establecerá un sistema preferente de reparto para las personas mayores o con dependencias.

- Los comercios y locales de servicio que pueden abrir en esta fase 0, entre los que se encuentran librerías, ferreterías, peluquerías, talleres de arreglo de ropa o de calzado, podrán atender con cita previa y a un único cliente por cada trabajador. Se establecerán horarios de atención preferente a mayores de 65 años que coincidirán con sus horarios de paseo, de 10 a 12 del mediodía y de 19 a 20 horas.

- También abrirán al público los archivos, a los que podrán acudir los ciudadanos con independencia de que la documentación pueda ser requerida también por internet.

- Se autorizan los entrenamientos para los deportistas profesionales que deberán ser individuales y sin límite de tiempo dentro de la provincia. Los deportistas paralímpicos podrán ir acompañados. Además, para flexibilizar las medidas de restricción de las zonas que aún no han pasado de la fase 0 -Comunidad de Madrid, área metropolitana de Barcelona y parte del territorio de Castilla y León-, el Gobierno ha publicado una nueva orden en el BOE que modifica ciertas restricciones. De este modo, se establecen nuevas condiciones en la apertura al público de comercios y servicios, así como de archivos. Para la Comunidad de Madrid, el área metropolitana de Barcelona y zonas urbanas de Castilla y León se establecen condiciones iguales a las de la fase 1 en varios sectores.

- Comercio: Se permite la apertura de locales comerciales y de prestación de servicios en las condiciones de la fase 1.

- Cultura: Se permite la apertura de archivos en las condiciones de la fase 1.

Fase 1 de la desescalada:

La orden que flexibiliza las actividades permitidas en la fase 1 de la desescalada por el coronavirus, a la que accederán los territorios autorizados este viernes por el Gobierno, determina la reapertura de numerosas instalaciones y servicios con determinadas condiciones. Las principales medidas de la orden, publicada este sábado en el BOE, son las siguientes:

Medidas de carácter social

- Reuniones de un máximo de diez personas.

- Posibilidad de movilidad entre municipios colindantes para actividades socioeconómicas.

- Velatorios con límite de 15 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados.

- Máximo de 15 personas en entierros o incineraciones además del oficiante en el caso de los ritos funerarios.

- Asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo.

- No se permitirá el uso de agua bendecida y las abluciones rituales deberán realizarse en casa.

- Se prohíbe la distribución de cualquier objeto, libros o folletos, así como tocar o besar objetos de devoción, y no está permitida la actuación de coros.

Locales comerciales

- Podrán abrirse todos los locales con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados excepto los que se encuentren dentro de centros o parques comerciales.

- Reducción del aforo al 30 por ciento

- Dos metros entre clientes. Si no es posible mantener esa distancia, sólo un cliente dentro del local.

- Horario de atención prioritario para mayores de 65 años

- Reapertura con cita previa de concesionarios de automoción, centros de ITV, locales de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta.

- Apertura de entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal excepto las que se encuentren en centros comerciales.

- Mercados al aire libre si así lo deciden los ayuntamientos correspondientes.

Terrazas de hoteles, bares y restaurantes

- Apertura de terrazas al 50 por ciento de las mesas que tenga permitidas.

- Ocupación máxima de 10 personas por mesa.

- Se evitarán cartas de uso común, optando por dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.

Servicios sociales

- Apertura de centros y servicios de usos sociales con las medidas de seguridad previstas, pero priorizando la vía telemática cuando sea posible.

- En todo caso, se garantizará la disponibilidad de acceso a los servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.

Centros educativos

- Reapertura de los centros educativos y centros universitarios para su desinfección, acondicionamiento y para funciones administrativas.

- Limitación al máximo posible del empleo de documentos en papel.

- Podrá procederse a la apertura de los laboratorios universitarios para las labores de investigación que les son propias.

Ciencia e innovación

- Se permiten congresos, encuentros, eventos y seminarios en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación con un máximo de 30 asistentes.

Bibliotecas

- Reapertura de bibliotecas para préstamo y devolución de obras y lectura en sala

- No se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos para el público

- En bibliotecas especializadas o con fondos antiguos, únicos, especiales o excluidos de préstamo domiciliario se permite la consulta con reducción de aforo y sólo en los casos en que se considere necesario.

- Una vez consultadas las obras permanecerán catorce días si poder utilizarse.

Museos

- Los museos podrán abrir reduciendo a un tercio el aforo de cada una de sus salas.

- Inhabilitación de elementos de uso táctil y audioguías y folletos en sala.

- Las visitas serán individuales, entendiendo como tales tanto la visita de una persona como la de una unidad familiar o unidad de convivencia análoga.

- El servicio de consigna no estará disponible.

Producción y rodaje de obras audiovisuales

- Realización de la mayoría de las actividades de producción siempre que se cumplan las medidas higiénico-sanitarias.

- Se podrán realizar rodajes en platós y espacios privados, así como en espacios públicos que cuenten con la correspondiente autorización del ayuntamiento.

Actos y espectáculos culturales

- Reapertura de locales en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales sólo para un tercio de su aforo y siempre que no se superen las 30 personas en lugares cerrados y 200 al aire libre.

- No se entregará libreto ni programa ni otra documentación en papel.

- No se prestarán servicios complementarios como tiendas, cafetería o guardarropa.

Actividad deportiva profesional y federada

- Apertura de los Centros de Alto Rendimiento.

- Sólo podrá acceder con los deportistas un entrenador.

- Entrenamientos preferentemente de forma individual.

- Los clubes deportivos o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos en grupos de hasta diez deportistas.

- A las sesiones de entrenamiento no podrán asistir medios de comunicación ni contarán con presencia de personal auxiliar o utilleros.

- Apertura de las instalaciones deportivas al aire libre con cita previa.

Hoteles y establecimientos turísticos

- Apertura de hoteles y alojamientos turísticos, que podrán prestar servicio de restauración sólo a sus clientes hospedados.

- No está permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas o salones de eventos

- Se limpiarán y desinfectarán al menos cada dos horas todos los objetos y superficies de las zonas de paso susceptibles de ser manipuladas o contaminadas por diferentes personas.

Turismo activo y de naturaleza

- Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un máximo de hasta diez personas.

Las mascarillas serán un completo habitual durante la desescalada.

Fase 2 de la desescalada:

En esta fase se permitirá abrir el espacio interior de los locales de restauración para el servicio de mesas con limitación de aforo. A continuación, se desarrollan las principales medidas de la fase 2, actualizada también con novedades:

- Libertad de movimientos y contacto social: En el ámbito social, la orden flexibiliza las medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios, entierros y lugares de culto, y se permitirá la celebración de bodas para un número limitado de asistentes.

Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia en grupos de máximo 15 personas, entre las que no se contabilizan las personas convivientes, manteniendo la distancia social.

Permite a la comunidades autónomas autorizar las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residenciales de personas con discapacidad siempre que no tengan casos de covid-19 confirmados o haya residentes en cuarentena. Deberán concertar cita previa y podrá acudir un máximo de una persona por residente.

Se flexibilizan medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios -máximo de 25 personas al aire libre y 15 en espacios cerrados-, entierros y lugares de culto -50% del aforo-, y se permite la celebración de bodas para un tope de 100 asistentes al aire libre y la mitad en cerrados.

- Empleo y concentración de personas: La orden sigue recomendando el teletrabajo e incorpora medidas que buscan garantizar la protección de los trabajadores, así como para evitar la concentración de personas en determinados momentos en el nuevo escenario proporcionado por esta fase 2.

- Comercio: En lo que respecta a comercio minorista y de prestación de servicios, se podrá proceder a la reapertura al público de centros y parques comerciales con independencia de su superficie útil de exposición y venta.

El aforo total del comercio minorista será del 40% y deberán garantizar un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

Los centros comerciales tendrán aforo total del 30% -dentro de cada local de los centros comerciales es del 40 %- y no se permite el uso de zonas recreativas o áreas de descanso comunes.

La orden amplía el número de puestos que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados y limita la afluencia de clientes para asegurar el mantenimiento de la distancia social de dos metros.

- Hoteles y alojamientos turísticos: Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos, la de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, pero siempre con el límite de un tercio de su aforo y bajo medidas de seguridad.

Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras.

Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas.

- Hostelería: Pueden reabrir al público para consumir dentro del local los establecimientos de hostelería y restauración, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, con un límite de aforo del 40 %.

El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.

Las condiciones de las terrazas siguen siendo las mismas que las fijadas en la orden de 9 de mayo.

- Cultura: Los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar su actividad con butacas preasignadas y un tope de un tercio de su aforo y un máximo de cincuenta personas.

Se recomienda la venta on line de entradas, y se permite la prestación de servicios complementarios, tales como tienda, cafetería o similares.

En el caso de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo original ni reunir más de cuatrocientas personas.

La orden expone además las condiciones de salas de exposiciones, centros de exhibición, monumentos y otros equipamientos culturales. El aforo es un tercio del autorizado en condiciones normales y deben establecer condiciones para evitar aglomeraciones.

La orden incorpora medidas específicas para los trabajos asociados al montaje y desmontaje de exposiciones temporales.

Las bibliotecas podrán acoger actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.

- Deporte: Se permite practicar deportes a cualquier hora a las personas de hasta 70 años, excepto los tramos horarios las determinadas para los paseos de personas mayores (de 10 a 12 horas y entre las 19 y las 20 horas), que las comunidades pueden adelantar o retrasar dos horas.

Se disponen los criterios y condiciones para el entrenamiento en ligas no profesionales y para la reanudación de las ligas profesionales y la reapertura de las instalaciones deportivas cubiertas y de las piscinas para uso deportivo, por turnos horarios y con cita previa.

Se amplían a veinte personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza, además de permitirse la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias sin que se supere la cifra de cincuenta asistentes.

La orden decide que será el Consejo Superior de Deportes quien decidirá el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar "por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma".

- Piscinas recreativas y playas: Se establecen, asimismo, las condiciones para la apertura al público de las piscinas recreativas, que tendrán un aforo máximo del 30% de capacidad de la instalación y cita previa.

También las del tránsito y permanencia en las playas, donde se permiten actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, con una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

- Congresos: Se permite la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias en pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares. El tope es de 50 asistentes y se insta a promover la participación no presencial.

- Investigación: Las orden establece las condiciones y el aforo máximo para la vuelta a la actividad de las residencias de personal investigador, científico y técnico.

Fase 3 de la desescalada:

"La fase tercera es la fase avanzada", ha explicado Sánchez, y sólo se dará si se cumplen los marcadores requeridos. "En restauración se limitarán algo más las restricciones de aforo, pero con estricta separación entre el público", ha explicado. Se flexibilizará la movilidad general, ha agregado el presidente, siempre con el uso recomendado de mascarillas, y se ampliará la ocupación de espacios, como el comercio, por ejemplo, que podrá tener un aforo limitado al 50 por ciento. Para esta última fase se contempla la apertura de playas, ha apuntado Sánchez.

Fase 4 de la desescalada:

Será la de la vuelta a la normalidad y llegará según Sánchez, a finales de junio. "Estaremos en la nueva normalidad si la epidemia está controlada en todos y cada uno de los territorios", ha advertido el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, al anunciar el plan tras el Consejo de Ministros de este martes.

La libre movilidad de los ciudadanos entre provincias solo se permitirá a partir de la fase de "nueva normalidad", es decir, como pronto, a finales de junio. No obstante, sí permitirán desplazamientos a segundas residencias cuando estos estén dentro de la misma provincia, a partir de la fase 1.

Según ha explicado, los movimientos interprovinciales que vayan más allá de los ya permitidos por el estado de alarma vigente --como es por ejemplo, acudir al lugar de trabajo--, sólo estarán permitidos una vez haya finalizado la desescalada, como pronto, dentro de seis semanas u ocho semanas, y siempre que esas provincias hayan entrado ya en esa "nueva normalidad".

La vuelta a la normalidad llegará a finales de junio si se cumplen los indicadores sanitarios.